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jueves, 25 de agosto de 2016

manual de convivencia

Artículo 35. Deberes y derechos de los estudiantes:

DERECHOS
DEBERES
ACCIONES PEDAGÓGICAS
1.      “Toda persona tiene derecho al libre desarrollo de su personalidad sin más limitaciones que las que le imponen los derechos de los demás y el orden jurídico”. Art. 16 C.N.
2.      Recibir una educación integral permanente, participativa, creativa y formativa, acorde con los fines del sistema educativo colombiano, sin discriminación de raza, sexo religión, opinión política o cualquier otra condición suya, de sus padres o representantes legales. (Ref. Art. 13 C.N.).

3.      Recibir una formación integral que desarrolle plenamente sus capacidades y su ser como persona, con base en la misión, visión y los principios filosóficos de la Institución.

4.      A que se le socialice y reconozca el debido proceso en las diferentes actuaciones que merezcan consideración sancionatoria. Art. 29 C.N. (Ver debido proceso M.C.).

5.      Conocer oportunamente el Manual de Convivencia, participar en su elaboración, estructuración o modificación de manera directa o a través de sus representantes.


6.      Elegir y ser elegido para los diferentes cargos del gobierno escolar u organizaciones existentes en la Institución, siempre y cuando cumpla con los requisitos y perfiles establecidos.

7.      Derecho a que se le garantice la continuidad de sus estudios en la Institución.


8.      Recibir un trato digno, respetuoso de todas las personas que lo rodean dentro y fuera de la Institución.

9.      Expresar libre y respetuosamente sus inquietudes y manifestaciones.



10.   Gozar del descanso, del sano esparcimiento, participar en actividades deportivas, artísticas, culturales y/o científicas en la Institución.


11.   Presentar reclamos justificados cuando haya situaciones problemáticas, aportar y recibir elementos para la solución de las mismas

12.   Respeto por su intimidad y que la información de índole personal que tenga la Institución sea manejada con discreción y sujeción al secreto.

13.    El disfrute de un medio ambiente sano y adecuado que contribuya a su formación integral.

14.   Ser orientado en la construcción de la autonomía, tanto intelectual como ideológica, consagrada en el Art. 19 de la C.N.

15.   Tener un ambiente escolar donde prevalezca la igualdad, sin distinción de clases sociales, origen étnico, credo religioso e ideologías políticas.




16.   Ser reconocido por su buen comportamiento, y el hecho de  poner en alto el buen nombre de la Institución ante la Comunidad.

17.   A disfrutar de un ambiente sano, libre de factores contaminantes en lo físico y en lo psicológico.




18.   Disfrutar de las instalaciones locativas, dotación y servicios dispuestos para actividades curriculares y extracurriculares, haciendo uso responsable de las mismas.



19.   Solicitar explicaciones adicionales a los profesores, sobre aquellos temas no entendidos, siempre y cuando no sea por negligencia del estudiante o falta de atención en clase.

20.   Conocer su estado académico y social antes de registrar los datos en el sistema oficial de información de la Institución.

21.   Recibir oportunamente el informe sobre su desempeño académico y social.

22.   Reconocimiento de sus logros y éxitos en diferentes campos.


23.   Ser tratado con respeto ante sus fracasos y recibir orientaciones para la superación de los mismos.

24.   Que situaciones problemáticas, tanto en lo académico como en lo social, sean tratados con prudencia y respeto, mediante el diálogo, la escucha y favoreciendo el consenso.








25.   Que se le respeten sus bienes y pertenencias.


26.   Utilizar las herramientas e implementos adecuados en el proceso de aprendizaje, como sillas, mesas, lámparas, entre otros.






27.   Que se analicen en todas sus dimensiones las excusas y documentos que justifiquen la no asistencia a la Institución, o los impedimentos para realizar determinadas tareas y que se establezcan las alternativas pedagógicas correspondientes.

28.   Reclamar, respetuosa-mente, ante las instancias competentes, cuando sus derechos sean vulnerados o amenazados. (Cfr.Art. 86 C.N.).

29.   Pertenecer a cualquier grupo cultural o deportivo de la Institución.


30.   A que se le expida el carné estudiantil, los certificados y constancias de escolaridad, de acuerdo con las normas vigentes.



31.   A  la libertad religiosay de culto.







32.   Solicitar y obtener, cuando exista justa causa, autorización para ausentarse del plantel con previo consentimientodel padre de familia o acudiente.
1.      “Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad”. Es deber de todos los estudiantes cumplir con las normas establecidas en el manual de convivencia. Art. 29 Nº 1, Declaración Universal de los Derechos Humanos.

2.      Responder a los esfuerzos y requerimientos que demande la institución a favor de su formación integral y respetar las diferencias individuales.


3.      Al elegir libremente la Institución debe asumir el manual de convivencia con los horizontes institucionales (Misión, Visión y Filosofía).


4.  Observar y respetar el conducto regular y las acciones del debido proceso contempladas en el Manual de Convivencia.


5.     Asumir el Manual de Convivencia como un asunto contractual, el cual debe ser cumplido a cabalidad en todos sus aspectos.



6.  Ser líder positivo del grupo, ejemplo en comportamiento y desempeño académico, y cumplir con todos los requisitos de matrícula para la legalización de la misma.

7.     Acatamiento de las normas que rigen en el Manual de convivencia de la Institución.

8.     Tratar respetuosa y dignamente a docentes, personal administrativo, directivo, padres de familia, compañeros y demás personas de la comunidad, dentro y fuera de la Institución.

9.     Escuchar y comprender sana y respetuosamente el punto de vista del otro.



10.  Participar responsable y sanamente del descanso, el esparcimiento y la variedad de actividades deportivas, artísticas, culturales y/o científicas en la Institución.

11.  Estar dispuesto permanentemente a cumplir con sus deberes como estudiante, presentar reclamos respetuosos y aportar, si es el caso, elementos que contribuyan al tratamiento y soluciónarmónica de situaciones problemáticas que se presenten dentro de la institución o fuera de ella.

12.  Respetar la vida íntima de compañeros, profesores y demás miembros de la Comunidad Educativa.


13.  Contribuir, conservar y proteger un medio ambiente escolar sano, dentro y fuera del aula, que facilite su aprendizaje.

14.  Respetar las diferencias individuales y grupales de compañeros, profesores, padres de familia y comunidad en general.

15.  Contribuir al establecimiento de un ambiente de aprendizaje adecuado, confortable y equitativo, a partir de una correcta presentación personal, uso adecuado del uniforme.


16.  Comportarse dentro de la comunidad educativa con actitud tolerante y dentro de lo establecido por las normas de este Manual.


17. Abstenerse de ingerir bebidas alcohólicas, consumir, vender o portar sustancias psicoactivas, fumar o presentarse bajo efectos de los mismos, especialmente dentro del ámbito escolar, cuando se porta el uniforme o cuando se actúa en representación de la Institución.
18.  Utilizar responsablemente los espacios y enseres institucionales de acuerdo con la actividad que se desarrolle, asumiendo los daños y pérdidas que se causen por acción indebida u omisión.

19.  Ser puntual en los deberes inherentes a sus condiciones de estudiante y no perturbar el normal desarrollo de las actividades escolares y extraescolares.

20.  Solicitar de manera respetuosa, información sobre su estado académico y social.




21.  Entregar oportunamente la citación a su acudiente para brindarle el informe sobre su desempeño académico y social.




22.   Actuar con humildad ante el reconocimiento y valoración de sus éxitos.

23.   Manifestar compromiso y espíritu de superación ante los fracasos.


24.  Proceder con respeto, apelando al diálogo racional y democrático, para solucionar los problemas académicos y/o sociales de la institución, respetando el conducto regular a saber:
-          Profesor implicado.
-          Director de grupo.
-          Coordinadores.
-          Rector.
-          Consejo Académico o de Convivencia
-          Consejo Directivo.

25.  Respetar y no usar, sin el consentimiento, los bienes y pertenencias de los demás.

26.  Utilizar adecuadamente herramientas e implementos indicados en el proceso de aprendizaje. De presentarse daños o pérdidas debe responder por su reparación o consecución en acuerdo con los padres o acudientes.


27.  Presentar, oportunamente y en forma auténtica, las excusas y documentos que justifiquen la no asistencia del estudiante a la Institución o el impedimento para realizar determinadas tareas.


28.  Respetar los derechos de los demás contemplados en la Constitución Nacional, Ley de Infancia y Adolescencia,  Manual de Convivencia y  normatividad vigente.

29.Asumir, con responsabilidady dignidad, la representación de la Instituciónen actividades culturales y deportivas.

30. Portar en todo momento el carné estudiantil y solicitar con anterioridad (5 días hábiles) los certificados y constancias de estudio.


31. Respetar la libertad religiosa y de culto de los demás. Abstenerse de generar situaciones de conflicto, por diferencias de culto, haciendo propagandas adoctrinanteso sugestivas al interior de la Institución


32.Solicitar en la respectiva Coordinación, la salida, que se autorizará con la compañía del padre de familia o acudiente.
1.      Velar por la formación integral de todos y todas las estudiantes desde el compromiso, la responsabilidad y el ejercicio de la autonomía, enfatizando en que todo derecho tiene vinculación implícita un deber.





2.      Desarrollar el respeto por la diferencia, valorando los ritmos de aprendizaje, sin que ello favorezca la negligencia en el cumplimiento de sus deberes.





3.      Fomentar y sensibilizar en todos los estamentos educativos el Manual de Convivencia, horizontes institucionales como punto de partida de toda acción pedagógica, cultural y social.

4.      Socializar y analizar entre todos los estamentos educativos el debido proceso y protocolos establecidos en el Manual de Convivencia.


5.      Entregar el Manual de Convivencia en forma virtual o física al momento de la matrícula y difundirlo en la comunidad, propiciando espacios de participación constante en sus modificaciones y ajustes.

6.      Reglamentar y programar todas las actividades de participación estudiantil teniendo en cuenta la heterogeneidad.

7.      Acompañamiento formativo, permanente y equitativo en todos los procesos académicos y comportamentales.

8.      Fomentar valoresarmónicos derespeto y buen trato en la Comunidad Educativa.


9.      Hacer énfasis en la importancia de una buena comunicación y el respeto por la diferencia de opinión, mediante la díalogo.

10.   Promover la participacióny la vinculación en actividades deportivas, artísticas, culturales y/o científicas en la Institución, favoreciendo el sano esparcimiento y buen uso del tiempo libre.

11.   Permanente motivación a los estudiantespara que planteen soluciones armónicas a los problemas que se presenten en la Institución Educativa.Disposición del docente para valorar, respetar, analizar racionalmente los puntos de vista de todos y todas las(los) estudiantes y aportar elementos para soluciones acertadas, haciendo énfasis en las  acciones retauradoras.

12.   Orientar sobre el entendimiento del buen manejo de la información y del estricto respeto por la vida íntima de las personas.

13.   Fomentar en los estudiantes y miembros de la comunidad Educativaorgullo y sentido de pertenencia por la Institución y su entorno.

14.   Fomentar el buen trato entre pares y miembros de la Comunidad Educativa, mediante campañas que conlleven a un ambiente de concordia.

15.   Concientizar a la comunidad educativa, en especial a losy las estudiantes, sobre las bondades que trae el uso del uniforme como distintivo y símbolo institucional.

16.   Propiciar permanentemente una actitud de respeto, responsabilidad, espíritu de liderazgo y el propósito constante de hacer quedar muy en alto el nombre de la institución, cuando se está fuera de ella.

17.   Promover campañas preventivas permanentes contrael uso de sustancias nocivas para la salud. Educar en el respeto a sí mismo y la alteridad, de tal manera que se evite asistir a la Institución en estados anímicos que perturben el normal desarrollo de actividades curriculares y comunitarias.

18.   Crear conciencia permanente sobre el respeto a las normas establecidas en la Institución para el cuidado y la conservación de los bienes públicos y privados.


19.   Propiciar un ambiente adecuado y atractivo para lograr una asistencia puntual a las clases y actividades institucionales.

20.   Entrega, por cada director de grupo y profesor, de las orientaciones para acceder a la información de desempeño individual del estudiante.

21.   Motivación y entrega organizada de las citaciones para reunión de padres de familia.


22.   Desarrollar el valor de la humildad desde el respeto por la diferencia.


23.   Fortalecer la autoestima, orientando al estudiante para aprender del error.


24.   Establecer permanentemente un ambiente de diálogo y consenso en las clases y fuera de ellas, respetar y acudir al conducto regular para resolver problemas académicos y/o sociales.







25.   Fomentar campañas permanentes sobre el respeto por los bienes de los demás. Análisis, críticas y alternativas de solución para el caso de daños de pertenencias.Establecer controles por parte del grupo para evitar la pérdida de objetos personales.

26.   Explicar el valor del uso adecuado de lasherramientas, materiales y recursos de trabajo pedagógico, deportivo y cultural. Estableciendo un  control frente al uso de los mismos.

27.   Crear conciencia en torno a la responsabilidad que implica presentar oportunamente, y en forma auténtica, las excusas por inasistencia, firmada por el acudiente que firmó la matricula o por quien éste haya delegado ante la Institución.

28.   Crear conciencia sobre la importancia del Manual de convivencia comomecanismo de interacción y formación integral de los estudiantes.

29.   Fortalecer los valores culturales y deportivos de la Institución a través de la conformación de grupos representativos.

30.   Crear conciencia sobre la importancia de portar la identificación como estudiante; e informar sobre los términos de tiempos y requerimientos para solicitar certificados y constancias de estudio.

31.   Programar los actos religiosos con base en las creencias de la mayoría. Se garantiza la libertad de participación a aquellos que al iniciar el año lectivo certifiquen su pertenencia a otra religión. En su defecto deberán realizarse actividades relacionadas con su formación religiosa.

32.   Indagar y analizar las causales por las cuales se solicita la salida. Atender al estudiante para solucionar dificultades al interior de la Institución y evitar la ausencia.


Artículo 35.Deberes de la Familia y estudiante con diagnóstico:
1.    Informar a la institución,  al ingreso y cambio de grado, del diagnóstico que presenta su hijo, entregando, por escrito, el soporte.
2.    Informar a la institución, directivos y docentes las fechas de control por medicina especializada,entregando por escrito el soporte.
3.    Responsabilizarse del suministro oportuno del medicamento al estudiante diagnosticado. El suministro jamás podrá ser responsabilidad del docente o directiva docente.
4.    Informar oportunamente y por escrito el seguimiento terapéutico que reciba el estudiante.
5.    Procurar que el estudiante cuente con la colaboración  de un profesor particular.

6.    Matricularal estudiante con diagnóstico TDAH en una actividad extracurricular y  llevar informes a la institución, mínimo dos veces al año.
7.    Informar a la institución educativa, por escrito, las irregularidades en el suministro del medicamento, por cambio de EPS, demora en las entregas, entre otras.
8.    Asistir, en familia, al acompañamiento psicológico, para recibir asesoría en manejo de normas, hábitos de estudio, tratamiento multimodal, según diagnóstico del estudiante. Además sobre disciplina asertiva, desarrollo de estrategias de autocontrol, redes de apoyo, habilidades sociales.
9.    Mantener una comunicación permanente con directivos y docentes para analizar situaciones, crisis o asuntos específicos del aprendizaje.
10. Suministrar una dieta baja en azúcares y carbohidratos con el fin de minimizarel comportamiento activo o agresivo.
11. Verificar el horario y el cumplimiento de tareas, cuidando de que el estudiante traiga los materiales necesarios para cada clase y que no porte objetos  que puedan entorpecer la rutina escolar.
12. Coincidir como padres y con la institución en los límites, sanciones  y estímulos a aplicar, con el fin de que el estudiante tenga claridad sobre las consecuencias propias de cumplir o infringir las normas.
13. Acompañar al estudiante en la realización de talleres propuestos  en jornada de flexibilización.

Artículo 36.Deberes de la Institución con estudiantes  diagnosticados:
1.    Velar porque al estudiante se le garantice la permanencia en la institución y quese le brinde una educación pertinente y de calidad.
2.    Permitir el apoyo permanente de la familia en cuanto al suministro oportuno y exacto de los medicamentos.
3.    Flexibilizar o ajustar la jornada escolar, en casos de crisis, para contribuir con el proceso formativo del  estudiante.
4.    En momentos de crisis, analizar el ámbito escolar, con el fin de detectar las situaciones que puedan estar afectando al estudiante.

Artículo 37.Flexibilización de la Jornada para estudiantes con diagnóstico
·         Semiparcial: se realiza una reducción del tiempo de permanencia del estudiante en la institución, cuando sus conductas disruptivas  perturben la disciplina del grupo y no sea posible minimizar las alteraciones con otras estrategias. Debe procurarse que el  estudiante asista a más de la mitad de la jornada. La institución educativa, será la responsable de verificar la sustentación de los talleres académicos. Esta estrategia se realiza mediante resolución rectoral.
·         Parcial: Difiere de la anterior  en que el estudiante solo asiste a la mitad de la jornada. Para aplicarla se requiere resolución rectoral.
·         Total: Implica una minimización de los tiempos de permanencia del estudiante dentro de la institución educativa, cuando sus conductas disruptivas perturben gravemente la disciplina del grupo y no sea posible aplicar otras estrategias. El estudiante sólo asiste a recibir y sustentar talleres dos veces a la semana. Esta estrategia también se realiza mediante resolución rectoral.

Parágrafo único: La Institución Educativa dentro de su política, prácticas y cultura  propone una serie de estrategias de apoyo, para continuar el proceso formativo con los estudiantes, cuando su comportamiento es difícil de manejar en el aula de clases o fuera de ella. Se tienen estipulados unos pasos a seguir donde se les garantiza el derecho a la educación a los estudiantes diagnosticados; sin embargo,cuando, por condiciones externas-como crisis familiares, condiciones del sistema de salud, cambios de EPS, entre otros-no están recibiendo el medicamento respectivo y la situación de normativa se torna inmanejable, se utilizan las siguientes estrategias:



ARTÍCULO 40. Derechos de los padres, madres de familia y acudientes en general
1.    Recibir el Manual de Convivencia al momento de su matrícula inicial, cada vez que sea actualizado y a tener la inducción del mismo al iniciar el año escolar. El Manual será entregado al padre de familia o acudiente.
2.    Recibir informes académicos, certificados y constancias de estudio en el tiempo establecido por la ley.
3.    Participar en la planeación, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, de acuerdo con los mecanismos que para ello se estipulen.
4.    Elegir, ser elegido en igualdad de condiciones al consejo  de padres  y demás órganos del Gobierno Escolar.
5.    Expresar respetuosamente sugerencias, opiniones y reclamos que favorezcan la buena marcha del plantel.
6.    Participar y vincularse en todos los programas de formación que ofrezca la Institución, para cumplir adecuadamente con la tarea educativa que les corresponde.
7.    Ser atendidos por parte de directivos, docentes y personal administrativo en los horarios establecidos por la Institución.
8.    Recibir con suficiente anterioridad (mínimo 3 días hábiles) las citaciones y circulares en donde se les informe los compromisos con la Institución.
9.    Utilizar con  previa autorización y con responsabilidad  los espacios existentes en la  Institución.
10. Recibir un trato cortés y respetuoso por parte de todos los miembros de la comunidad  educativa.
11. Presentar peticiones de interés general o particular y  obtener respuesta   oportuna.
12. Recibir en el momento de la matrícula la lista  de materiales educativos, útiles, uniformes y textos.

Parágrafo único: debido proceso en el ámbito disciplinario y de aprendizaje para estudiantes con TDAH, TOD y otros diagnósticos.
Para garantizar el derecho a la educación a estudiantes con diagnóstico de TDAH, trastornos asociados: TOD, antisocial de la conducta, y los incluidos en el ámbito de salud (CIE 10) existe una corresponsabilidad entre la familia,  la institución y  el estudiante.
Reiterando el conocimiento de lo que implica un diagnóstico de los ya mencionados para un menor, y la pertinencia de un trabajo conjunto, con el fin de beneficiar la calidad de vida de dichos estudiantes, se delimitan unas responsabilidades para cada uno de los integrantes de la comunidad educativa:

Artículo 41.Derechos de la familia y estudiante con diagnóstico:
1.    Ser informado oportunamente de la situación comportamental y académica de su hijo.
2.    Ser escuchado.
3.    Estar presente en el aula para minimizar las conductas disruptivas del estudiante diagnosticado. Al ejercer este derecho, de TUTOR,  debe tener en cuenta que la estrategia  cumple la función de apoyar la norma y direccionar al estudiante, por lo tanto, en ningún caso, estará autorizado para hacerle la tarea, apoyar a otros estudiantes o ayudarle a los docentes con actividades personales o propias de su cargo.
ARTÍCULO 47. Deberes de los padres, madres de familia o acudientes.
1.    Conocer la filosofía de la Institución, vivenciarla y darla a conocer.
2.    Generar espacios y hábitos de estudio en los hogares.
3.    Responder por los daños que sus hijos ocasionen  en la Institución.
4.    Participar en la escuela de padres y conformación del Gobierno Escolar.
5.    Presentarse en la Institución con la documentación exigida para diligenciar el registro de matrícula en la fecha establecida.
6.    Cumplir conforme a la norma y de manera inmediata los protocolos establecidos por la ley y en el manual de convivencia, respetando el debido proceso ante cualquier situación que afecte el sano ambiente escolar.
7.    Orientar, colaborar y supervisar la realización de los compromisos académicos de los estudiantes.
8.    Enviar con previa anticipación a sus hijos, para que asistan con puntualidad a todas las actividades programadas por la Institución.
9.    Mantenerse en contacto con la Institución para hacer el seguimiento escolar académico y comportamental de los estudiantes.
10. Proveer oportunamente a sus hijos de los uniformes y los elementos necesarios para atender las actividades curriculares.
11. Asistir puntualmente a las entregas oficiales de boletines, reuniones, llamados y asambleas programadas en la Institución; en caso de no asistir, presentar justificación por escrito.
12. Cumplir con las normas de seguridad y prevención de desastres.
13. Seguir el conducto regular.
14. Facilitar a sus hijos la posibilidad de desarrollar el espíritu investigativo, creativo y participativo en eventos culturales, artísticos, deportivos y recreativos.
15. Enviar excusa escrita debidamente justificada y respaldada con su firma, número de cédula y teléfono cuando su hijo o acudido no pueda presentarse a la Institución o necesite ausentarse de ella.
16. Velar por la salud psicofísica de sus hijos brindándoles la atención médica preventiva.
17. Apoyar a la Institución en el trabajo de formación integral que realiza con los estudiantes.
18. Inculcar a los hijos o acudidos hábitos de cuidado por el medio ambiente, al desarrollar el sentido de pertenencia por el hogar, la Institución Educativa y su comunidad.
19. Asumir con responsabilidad las consecuencias generadas por las lesiones personales que sus hijos o acudidos ocasionen a cualquier miembro de la comunidad educativa.
20. Comunicar oportunamente el retiro definitivo de los estudiantes y cancelar el contrato de matrícula (Prestación de Servicios Educativos) correspondiente.
21. Brindar un trato amable y cortés a todos los miembros de la  comunidad educativa.
22. Presentarse limpio y organizado a la Institución.
23. Informar al vigilante de turno el retiro de la Institución de un estudiante durante la jornada escolar.
24. Informar oportunamente de las limitaciones o problemáticas especiales que tengan sus hijos o acudidos y que interfieran con el desempeño académico o comportamental.
25. Comunicar a la secretaria cualquier cambio de la información suministrada durante la firma del contrato de matrícula (Prestación de Servicios Educativos).
26. No entrar a las aulas de clase, sala de profesores y a otras dependencias sin la autorización correspondiente.
27. Apoyar a la Institución en los correctivos trazados para las conductas inadecuadas de sus hijos o acudidos.
28. Vigilar que las salidas y actividades a las que sus hijos asistan sean las programadas y autorizadas por la Institución.
29. Solicitar con anticipación las entrevistas con los docentes o directivos, cuando desee averiguar sobre el rendimiento o comportamiento social de su hijo o acudido.
30. Apoyar las acciones educativas de la  Institución para que sus hijos o acudidos se comprometan conscientemente con ellas.
31. Respetar, cumplir y hacer cumplir por sus hijos este manual de convivencia.
32. Acompañar a sus hijos o acudidos en las salidas pedagógicas, recreativas y culturales, cuando el estudiante curse los grados de preescolar, primero, segundo o tercero.  Sin el cumplimiento de este requisito no se permitirá la participación del niño en estas actividades.
33. Realizar seguimiento y renovación de los diagnósticos y remisiones de cada estudiantes,  acompañando a sus hijos en las horas necesarias y requeridas para su buen desempeño académico.

Responsabilidades de la familia consignadas en el artículo 22 de la ley 1620 (Ley Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Vio­lencia Escolar

1. Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, ternura, cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental.

2. Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de vida saludable.

3. Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que adelante el establecimiento educativo para la convivencia y la sexualidad.

4. Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia a tra­vés de las instancias de participación definidas en el Proyecto Educativo Institucional del establecimiento educativo.

5. Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre de sus hijos para el desarrollo de competencias ciudadanas.

6. Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el manual de convivencia y responder cuando su hijo incumple alguna de las normas allí definidas.

7. Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el manual de convivencia del respectivo establecimiento educativo.

8. Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en la Ruta de Atención Integral a que se refiere esta ley para restituir los derechos de sus hijos cuando estos sean agredidos.


CAPITULO V
SITUACIONES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA  Y PROTOCOLES PARA LA ATENCION

Artículo 64.Tipologías de las faltas: De acuerdo con la Ley 1620 de 2013 y el Decreto reglamentario 1965 de 2013, se considerarán faltas las situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos  humanos, sexuales y reproductivos en nuestra institución.
Para efectos de correctivos pedagógicos y protocolos para la atención de las situaciones que afectan la  convivencia , los tipos de faltas se clasifican  como TIPO I,TIPO II y TIPO III.
1. Situaciones Tipo I. Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud.
2. Situaciones Tipo II. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características:
a) Que se presenten de manera repetida o sistemática;
b) Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados.
3. Situaciones Tipo III. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro II de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente.
Artículo 65. Protocolos para la Atención oportuna e integral de las situaciones más comunes que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
Cuando se presenten situaciones que afecten la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, se deberá realizar el siguiente proceso o protocolo, conforme al artículo 31 de la ley 1620 de 2013:
La ruta de atención integral inicia con la identificación de situaciones que afectan la convivencia por acoso o violencia escolar, los cuales tendrán que ser remitidos al Comité Escolar de Convivencia, para su documentación, análisis y atención a partir de la aplicación del Manual de Convivencia.

El componente de atención de la ruta será activado por el Comité de Convivencia Escolar por la puesta en conocimiento por parte de la víctima, estudiantes, docentes, directivos docentes, padres de familia o acudientes,  de  oficio por el Comité de Convivencia Escolar o por cualquier persona que conozca de situaciones que afecten la convivencia escolar.

Los protocolos y procedimientos de la ruta de atención integral deberán considerar como mínimo los siguientes postulados:

1. La puesta en conocimiento de los hechos por parte de las directivas, docentes y estudiantes involucrados.

2. El conocimiento de los hechos a los padres de familia o acudientes de las víctimas y de los generadores de los hechos violentos.

3. La búsqueda de  alternativas de solución frente a los hechos presen­tados procurando encontrar espacios de conciliación, cuando proceda, garantizando el debido proceso, la promoción de las relaciones partici­pativas, incluyentes, solidarias, de la corresponsabilidad y el respeto de los derechos humanos.

1.    La garantía de  la atención integral y el seguimiento pertinente para cada caso.

Una vez agotada esta instancia, las situaciones de alto riesgo de violen­cia escolar o vulneración de derechos, sexuales y reproductivos de niños, niñas y adolescentes de los establecimientos educativos en los niveles de preescolar, básica y media que no puedan ser resueltas por las vías que establece el manual de convivencia y se requiera la intervención de otras entidades o instancias, serán trasladadas por el rector de la Institución, de conformidad con las decisiones del Comité Escolar de Convivencia, al ICBF, la Comisaria de Familia, la Personería Municipal o Distrital o a la Policía de Infancia y Adolescencia, según corresponda.

Conforme a los protocolos establecidos en el manual de convivencia de la Institución, el  procedimiento a seguir es:
  1. La intervención inmediata del profesor, coordinador o persona que tenga conocimiento del hecho.
  2. Conforme a la clasificación de la situación, poner  de forma inmediata en conocimiento del estamento competente para que realice la intervención del caso y se de aplicación al  debido proceso.
  3. Brindar mecanismos de protección a la persona que informe  sobre  situaciones que afecten  la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos en la Institución, con el fin de evitar posibles acciones en su contra.
  4. Garantizar como mínimo el derecho   a la intimidad  la confidencialidad y a la defensa.
  5. Utilizar el trato respetuoso, el diálogo y la comunicación asertiva como estrategia para la gestión de las situaciones que afecten la convivencia  escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos en la Institución.
  6. Poner en conocimiento de los padres de familia o acudientes, cuando sus hijos o acudidos sean afectados o afecten la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

  1. Realizar las anotaciones en el libro observador, por parte del director de grupo, coordinador o  profesor que tenga conocimiento del hecho, de los estudiantes que con sus acciones afecten la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
  2. Solicitar acompañamiento y seguimiento de las entidades encargadas de atender a los estudiantes con necesidades educativas como complemento a la ruta de atención integral.

PARA LA APLICACIÓN DE LOS CORRECTIVOS SE TENDRÁN EN CUENTA LAS SIGUIENTES CIRCUNSTANCIAS:

1.    Grado de culpabilidad.
2.    Reiteración de la conducta.
3.    Motivos (Innobles o fútiles; piedad, error, engaño, etc.).
4.    Complicidad con compañeros y perjuicio causado.
5.    Modalidad y circunstancias en que se comete.
6.    Grado de perturbación o trascendencia.
7.    El cometer la falta aprovechando la confianza depositada en él.
8.    Cometer la falta aprovechando condiciones de inferioridad de la persona afectada.
9.    Haber planeado y preparado el hecho.
10.  Cometer la falta en estado de alteración originada por circunstancias o condiciones de difícil prevención debidamente comprobadas.
11.  Haber sido inducido u obligado a cometer la falta por otra persona.
12.  La edad, el desarrollo psicoactivo, mental, volitivo y sus circunstancias personales, familiares y sociales.
13.  Los antecedentes del estudiante.
14.  Confesar la falta  y realizar las acciones restauradoras.

ARTÍCULO 66. Situaciones Tipo I: Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, la convivencia, la paz, la inclusión y la diversidad y que en ningún caso generan daños al cuerpo, a la mente, a la integridado a la salud en generalde los individuos; además de las contravenciones por acción u omisión que impiden el normal desarrollo de las actividades pedagógicas.  Se denominan así porque son prácticas que dificultan el orden colectivo, la convivencia y el desarrollo de hábitos de estudio, organización y respeto hacia cada uno de los miembros que conforman la comunidad educativa.
Los siguientes son comportamientos catalogados como tipo I  y pueden afectar el desempeño comportamental y actitudinal:

1.    Permanecer fuera del aula en horas de clase, negarse a ingresar al aula, o ausentarse de la misma sin autorización del docente.
2.    Presentarse a la institución portando incorrectamente el uniforme o no portarlo, sin justificación escrita y firmada por su acudiente.
3.    Utilizar o portar el uniforme en contra de las normas establecidas por la institución.
4.    Perturbar el normal desarrollo de clases o actividades académicas o culturales, mediante conversaciones no autorizadas, gritos extemporáneos, risas, burlas, juegos, gestos, silbidos, remedos; circulación por el aula, laboratorio, biblioteca, auditorio, cancha o lugar similar de clase,  en momentos inadecuados.
5.    Comer y/o beber alimentos y golosinas en clase o durante la realización de eventos oficiales de la institución.
6.    Llegar tarde o no asistir a la institución o a las clases, injustificadamente.
7.    Desatender el llamado del timbre para el cambio de actividades.
8.    Irrespetar  los símbolos patrios e institucionales.
9.     Desacatar o actuar con rebeldía esporádicamente ante las órdenes de sus superiores.
10.  Incumplir con la entrega de comunicados entre institución y familia: excusas, citaciones, entre otros.
11.  Interferir el trabajo, haciéndoles perder el tiempo a sus compañeros.
12.  Incumplir con la entrega de trabajos y tareas acordados con los profesores ode acuerdo al SIE.
13.  Ingresar sin autorización a las áreas o zonas de tránsito restringido, tales como: Rectoría, Secretaría, Coordinaciones, Sala de Profesores, Laboratorios, Restaurante, Salas de Cómputo,  etc.
14.  Permanecer durante el descanso en las aulas de clases y otros lugares no autorizados.
15.  Negarse a contribuir con el aseo y buena presentación de las aulas y de la institución en general.
16.  Escuchar radio u otro tipo de aparatos de reproducción de música durante las clases o en actos oficiales de la Institución; igualmente hacer uso de teléfonos celulares en las mismas circunstancias.
17.  Utilizar distractores que lleven a la desatención en las clases.

18.  Esconder o arrojar las maletas, morrales y objetos personales de sus compañeros o condiscípulos o realizar “el tortugazo”.
19.  Utilizar los sitios no convencionales tales como rejas, mallas, etc., para entrar, salir o sacar objetos de la institución.
20.  Promover o fomentar el desorden e irrespetar el turno en espacios de usos comunitarios como la tienda, el restaurante escolar y el uso de los baños y/o sanitarios.
21.  Dar mal uso a los materiales, enseres, herramientas, entre otros, que pertenecen a la Institución y  a sus compañeros.
22.   Faltar al cuidado de su higiene personal.
23.  Rayar las paredes, puertas, escritorios y carteleras.
24.  Presentarse a clases sin los materiales requeridos en las diferentes asignaturas, sin justificación.
25.  Hacer uso inadecuado de los residuos sólidos.
26.  Permanecer en el plantel en horarios diferentes al de la jornada escolar salvo autorización expresa (escrita de un docente o directivo).
27.  Manifestar el afecto o la sexualidad de manera exagerada dentro de la Institución.
28.  Realizar ventas en la Institución sin autorización de las directivas del plantel.
29.  Presentar comportamientos que atenten contra la paz, la inclusión y la diversidad. 

ARTÍCULO 67. Protocolos Para la atención de Situaciones Tipo I.
  1. Reunir inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y mediar de manera pedagógica para que estas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo con la intervención de los gestores en convivencia y paz escolar.

  1. Fijar la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a buscar la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el grupo involucrado o en el establecimiento educativo. De esta actuación se dejará constancia escrita en el libro observador.

  1. Realizar seguimiento del caso y de los compromisos a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir a los protocolos consagrados en los artículos 43 y 44 del presente decreto.

  1. De todas las instancias del proceso debe quedar constancia escrita, respaldada con la firma de los implicados (estudiante, profesor, Coordinador, padre, madre de familia y/o acudiente o grupo de  gestores de Convivencia Escolar). En caso de una negativa de firma(s) se recurre a un testigo.


Estas situaciones son atendidas por:
-       Docente que presencia la situación quien hace la corrección inmediata, con notificación a los mediadores de paz y convivencia, dejando constancia escrita del hecho en el observador.
-       mediadores de paz y convivencia que presencien la situación o reciban la información; con notificación escrita al director de grupo para hacer el informe escrito en el observador.
-       El director de grupo, quien es el responsable de hacer el seguimiento a las situaciones tipo I y activar  el protocolo en caso de presentarse reincidencia.
-       Comité de Convivencia quien toma las decisiones,con el acompañamiento, si es el caso, der la maestra del aula de apoyo y los psicólogos de escuela para la vida.
-       El Consejo directivo quien hace  las sugerencias al rector
-       El Rector quien sanciona.
De todas las instancias del proceso se debe dar  información  al Coordinador.
  • La reincidencia por primera vez en la misma situación tipo I amerita la intervención del grupo de mediadores de paz y convivencia.
  • La reincidencia por segunda vez en la misma situación tipo I exige la presencia del padre, madre o acudiente del estudiante a un diálogo mediador con el coordinador(a).
  • Si después del diálogo mediador, el estudiante persiste en la misma situación, incurrirá en suspensión gradual de uno, dos y tres días con resolución rectoral y citación de padre, madre o acudiente.

  • Agotado el recurso de la intervención del Comité de Convivencia se procede a la  firma del compromiso pedagógico en Coordinación.
  • En caso de incumplimiento del compromiso pedagógico se remite el caso al Consejo Directivo.
  • Si el Consejo Directivo sugiere el cambio de institución o cancelación de matrícula el rector a su discreción  tomará la decisión realizando el acto administrativo correspondiente.

ARTICULO 68. Situaciones Tipo II: Se enmarcan en este tipo las situaciones o comportamientos que atentan contra los principios institucionales, la convivencia, la paz, la inclusión y la diversidad y el desempeño comportamental y actitudinal, perturbando el normal desarrollo de las actividades y que invaden la esfera de los derechos de los otros miembros de la comunidad educativa.
Los siguientes son comportamientos catalogados como Tipo II en nuestra institución y que  ameritan la aplicación del debido proceso, la ruta de atención integral y protocolos contemplados en el decreto 1965 del 2013.
1.    La reincidencia de cualquiera de las faltas consideradas como Tipo I, que se presenten de forma repetida o sistemática.
2.    Utilizar vocabulario soez u ofensivo contra cualquiera de los miembros de la comunidad educativa que busque degradar, humillar, atemorizar, descalificar, excluir y diferenciar a otros
3.    Irrespetar la individualidad de miembros de la comunidad educativa, mediante burlas, apodos, comentarios ofensivos, discriminatorios o de cualquier otra forma.
4.    Realizar agresiones gestuales que busquen degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros.
5.    Práctica de juegos bruscos que atentan contra, la paz, la armonía y la integridad personal tales como “los calvazos” u otras prácticas de moda para los estudiantes.
6.    Celebrar inadecuadamente cualquier evento, arrojando huevos, harina, agua, o haciendo bromas que atenten contra el aseo y seguridad de compañeros y de la institución.
7.    Fumar dentro de la Institución o fuera de ella, portando el uniforme.
8.    Agredir verbalmente a cualquier miembro de la comunidad educativa.
9.    Encubrir y patrocinar la comisión de actos graves.
10.  Incitar a los compañeros a agredirse física y verbalmente.
11.  Actitudes de irrespeto hacia profesores, directivos docentes y demás personal administrativo.
12.  Responder con altanería y grosería a los llamados de atención.
13.  Rebeldía o desacato frecuente a órdenes de sus superiores.
14.  Utilizar inadecuadamente los servicios sanitarios.
15.  Desconocimiento de la autoridad institucional.
16.  Portar y/o utilizar detonantes (papeletas, voladores, pólvora, etc.), pinturas, sustancias químicas (tales como pica-pica, gas pimienta, pedos químicos u otras) que impidan o alteren el buen desarrollo de las actividades.
17.  Permanecer con el uniforme en establecimientos públicos donde haya expendio de alcohol y sustancias psicoactivas.
18.  Utilizar distractores que lleven a conflictos generando peleas y agresiones físicas o verbales.
19.  Incumplir permanentemente en las actividades culturales y cívicas  programadas por la Institución.
20.  Excluir, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros.
21.  Hacer uso indebido del transporte demostrando mala educación con silbidos, rechiflas, despojos de prendas de vestir.
22.  Asumir comportamientos  de burla, desprecio y humillación hacia compañeros con dificultades en el aprendizaje, en el lenguaje,  con algún tipo de discapacidad física o también hacia otros compañeros con capacidades sobresalientes o especiales y que pertenezcan a un grupo social, político y religioso.
23.  Incumplir el contrato pedagógico previamente firmado por el estudiante.
24.  Tener relaciones genitales dentro de la Institución.
25.  Evidenciar un comportamiento inadecuado en las salidas pedagógicas, recreativas y culturales.
26.  Utilizar las redes sociales para ofender, insultar o ridiculizar algún integrante de la Comunidad Educativa.
27.  Presentarse a la Institución en estado de alicoramiento.
28.  Presentarse a la Institución bajo los efectos de estupefacientes, alucinógenos y psicotrópicos.
29.  Irrespetar las pertenencias ajenas de cualquier persona de la Institución.
30.  Utilizar inadecuadamente los muebles, enseres e instalaciones, en consideración a que son bienes de uso común.
31.  Hacer letreros o dibujos que denigren u ofendan a cualquier persona o Institución y que deterioren la propiedad privada o pública.
32.  No entregar en óptimas condiciones todos los implementos y materiales utilizados para las labores académicas al término del año escolar o en caso de retirarse de la Institución.}
33.  Usar el nombre de la Institución para cualquier actividad social o cultural no autorizada por el Consejo Directivo.
34.  Dañar la decoración, carteleras o avisos que se pongan para informar o complementar el proceso formativo.
35.  Presentar las evaluaciones y trabajos asignados recurriendo al fraude.
36.  No solicitar ante quien corresponda los permisos estrictamente necesarios y plenamente justificados para ausentarse, llegar tarde o no asistir al plantel.
37.  Protagonizar y participar en actos bochornosos dentro y fuera de la Institución.
38.  No acatar las observaciones, órdenes o sugerencias de cualquier docente o directivo docente de la Institución.
39.  Deslealtad con la Institución y su filosofía al no manifestar sentido de pertenencia y proyectar una mala imagen de ella.
40.  Presentarse a la Institución sin haber cumplido con el (los) trabajo(s) asignado(s) como complemento de la medida correctiva.
41.  Traer a la Institución y exhibir cualquier tipo de documento pornográfico o en internet dentro de la Institución.
42.  Evidenciar un comportamiento inadecuado en las salidas pedagógicas, recreativas y culturales.
43.  Agresión física a cualquier miembro de la comunidad educativa, sin que produzca secuelas, “daños al cuerpo o a la salud y no genere incapacidad alguna a cualquiera de los involucrados

ARTÍCULO 69. Protocolos Para la atención de Situaciones Tipo II.
1. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia escrita.
2. Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir la situación a las autoridades administrativas, en el marco de la Ley 1098 de 2006, actuación de la cual se dejará constancia escrita.
3. Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia escrita.
4. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia escrita.
5. Generar espacios en los que las partes involucradas y los padres, madres o acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido, preservando, en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos.
6. Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo; así como las consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada con la intervención de los gestores en convivencia y paz.
7. El presidente del Comité Escolar de Convivencia informará a los demás integrantes de este comité, sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas. El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva.
8. El Comité Escolar de Convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e intervinientes.

9. El presidente del Comité Escolar de Convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.
10. De todas las instancias del proceso debe quedar constancia escrita, respaldada con la firma de los implicados (estudiante, profesor, Coordinador, padre, madre de familia y/o acudiente o grupo de  gestores de Convivencia Escolar). En caso de una negativa de firma(s) se recurre a un testigo.


Estas situaciones son atendidas por:
1.    El Coordinador quien hace el seguimiento  y remite, si es del caso y pertinente, a los mediadores en convivencia y paz escolar.
2.    Los mediadores  convivencia y paz escolar.
3.    Comité de Convivencia, quien toma las decisiones con el acompañamiento, según sea el caso, por la maestra del aula de apoyo y los psicólogos de escuela para la vida.
4.    El Consejo directivo quien hace  las sugerencias al rector.
5.    El rector quien sanciona.
De todas las instancias del proceso se debe dar  información  al director de grupo.
1.    El coordinador quien recibe la notificación inmediata de la persona que presencia o es conocedora de la situación dejando constancia escrita del hecho en el observador.
2.    Los mediadores de Convivencia y Paz Escolar, citando a las partes a un diálogo mediador, con los encargados de realizar la función de mediadores escolares. En  este tipo de  situaciones, los mediadores deben   remitir   a los estudiantes implicados al director de grupo o coordinador, en el evento que  las partes  implicadas en el conflicto, establezcan  acuerdos mediante una acta de  mediación, la misma debe  ser ratificada por el coordinador y el Comité de Convivencia.

3.    Citación inmediata de los padres de familia o acudiente de los estudiantes involucrados para notificar el hecho e instaurar las acciones de reparación, restablecimiento de los derechos y/o reconciliación, dejando constancia escrita  en los formatos establecidos en la Institución.

4.    Remisión a rectoría para analizar el caso y determinar la aplicación del correctivo acorde a la situación con desescolarización de uno (1) a cinco (5) días.

5.    Informar de manera inmediata por escrito al presidente del Comité de Convivencia quien a su vez informa a los demás integrantes sobre lo ocurrido y las medidas adoptadas.
  • Agotado el recurso de la intervención del Comité de Convivencia y dada la reiteración de las situaciones tipo II por segunda (2) vez, se procede a la firma del compromiso pedagógico en coordinación, con la intervención indispensable de un profesional de la salud (psicólogo, psiquiatra o trabajador social).
·         Cuando después de agotados todos los recursos de mediación y los correctivos previstos en la norma y en el manual de convivencia, el estudiante no presenta cambios significativos en su comportamiento, se remite la situación al Consejo Directivo quien sugiere al rector cambio de Institución o cancelación de la matrícula  previo estudio del caso.
PARÁGRAFO 1. En cualquier instancia se debe mantener la confidencialidad, privacidad y reserva, protegiendo el derecho a la integralidad e intimidad de los involucrados, generando los espacios para la exposición clara y precisa de lo acontecido.

PARÁGRAFO 2.  No graduación por ceremonia: Los estudiantes de undécimo grado que por reincidencia en faltas  tipo II, sean desescolarizados por 3 o más días, no se harán merecedores de la graduación por ceremonia.


ARTICULO 70. Situaciones Tipo III: Las siguientes son faltas constituyen situación de agresión escolar en contra de la libertad, la convivencia, la paz, la inclusión, la dignidad humana,  la integridad y la formación sexual.
1.     Distribuir o expender drogas psicotrópicas, estupefacientes y yerbas con efectos alucinógenos y/o bebidas embriaganteso cualquier otro elemento que ponga en riesgo la salud física o mental, propia o de cualquier miembro de la comunidad escolar.
2.    Portar, guardar y/o utilizar armas corto punzantes, de fuego y/o artefactos explosivos.
3.    Inducir a la prostitución, constreñimiento a la prostitución, trata de personas, estímulo a la prostitución de menores.
4.    Alterar los informes valorativos, registros de asistencia, certificados de estudio, documentos, excusas, entre otros.
5.    Causar la muerte a cualquier miembro de la comunidad educativa.
6.    Participar en actos delictivos por fuera de la Institución portando el uniforme.
7.    Apropiarse de los bienes materiales o intelectuales de cualquier miembro de la comunidad educativa.
8.    Participar en actos vandálicos que atenten contra el bienestar y la seguridad de la comunidad escolar.
9.    Utilizar las redes sociales para amenazar, calumniar o cometer cualquier tipo de delito contra algún integrante de la comunidad educativa.
10.  Acudir al chantaje, extorsión, soborno, amenaza o bullying en beneficio propio o ajeno.
11.  Agredir físicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa siempre que dejen como resultado lesiones graves, secuelas o incapacidad.
12.  Injuriar y/o calumniar a cualquier miembro de la comunidad educativa.
13.  Acosar sexualmente o incurrir en acceso carnal violento a cualquier integrante de la comunidad educativa.


ARTÍCULO 71. Protocolos Para la atención de Situaciones Tipo III.
1. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.
2. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia.
3. El presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y por el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional, actuación de la cual se dejará constancia.
4. No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes del Comité Escolar de Convivencia en los términos fijados en el manual de convivencia. De la citación se dejará constancia.
5. El Presidente del Comité Escolar de Convivencia informará a los participantes en el comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad competente.
6. Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades competentes, el Comité Escolar de Convivencia adoptará, de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará constancia.
7. El presidente del Comité Escolar de Convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.
8. Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del Comité Escolar de Convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del Comité Municipal, Distrital o Departamental de Convivencia Escolar que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento educativo en el cual se presentó el hecho.


Estas situaciones son atendidas por:
1.    El rector quien activa la ruta de atención integral
2.    El Comité de Convivencia quien analiza los casoscon el acompañamiento según sea el caso por la maestra del aula de apoyo y los psicólogos de escuela para la vida.
3.    El Consejo Directivo quien realiza las recomendaciones al rector, en los casos en que se amerite el correctivo de cambio de institución o cancelación de matrícula.
4.    El rector quien expide los actos administrativos correspondientes.

De todas las instancias del proceso se debe dar  información  al director de grupo y al coordinador(a).
1.    El rector quien recibe la notificación inmediata de la persona que presencia o es conocedora de la situación dejando constancia escrita del hecho en el acta.

2.    El rector quien remite a las entidades competentes en salud o a las autoridades administrativas, dejando constancia escrita del hecho en los formatos establecidos por la Institución y cita de manera extraordinaria al Comité de Convivencia.

3.    El Rector o los coordinadores que citarán de forma inmediata a los padres de familia o acudiente de los estudiantes involucrados para notificar  el hecho e instaurar las acciones de reparación, restablecimiento de los derechos y   dejando constancia escrita  en los formatos establecidos por la Institución.
4.    El Comité de Convivencia que analiza el caso y toma las decisiones pertinentes.

5.    El rector que aplica los correctivos conforme  a las decisiones y recomendaciones del Comité de Convivencia. En este caso, se podrán aplicar correctivos de desescolarización entre cinco (5)  y diez (10) días.
En el caso de ser viable la continuidad del estudiante en la Institución se procede a la  firma del compromiso pedagógico con la intervención indispensable de un profesional de la salud (psicólogo, psiquiatra o trabajador social) y el personero estudiantil.
El Consejo Directivo, quien  dependiendo de la gravedad de la situación y las decisiones adoptadas por el Comité de Convivencia, sugiere al rector el cambio de institución para el estudiante.
De todas las instancias del proceso debe quedar constancia escrita, respaldada con la firma de los implicados y las partes que intervengan.

PARÁGRAFO 1: En cualquier instancia se debe mantener la confidencialidad, privacidad y reserva protegiendo el derecho a la integralidad e intimidad de los involucrados generando los espacios para la exposición clara y precisa de lo acontecido.

PARÁGRAFO 2.  No graduación por ceremonia: Los estudiantes de undécimo grado que por reincidencia en faltas  tipo III, sean desescolarizados por 3 o más días, no se harán merecedores de la graduación por ceremonia.


Artículo 72. Protocolos y Medidas de Atención  en los casos en que estén involucrados  estudiantes con NEE:
Cotidianamente llamadas respetuosas de atención, privación de actividades de su agrado, aviso al padre de familia a través del cuaderno Comunicador.
Previo a la aplicación del proceso especial, el docente de aula de apoyo, de acuerdo con el diagnóstico profesional, deberá consignar en el libro Observador y en la hoja de vida del estudiante la necesidad de dicho tratamiento especial.
Artículo 73. Protocoles Para Situaciones tipo I de estudiantes con NEE

Cuando el estudiante sea reincidente en situaciones tipo I, deberá citarse al padre o acudiente para que  presencie  el llamado de atención. Dicha actuación se surtirá ante el Director de Grupo y la maestra  de Aula de Apoyo, con el fin de que obren como garantes de los derechos y se puedan plantear estrategias conjuntas, en procura de que  el estudiante mejore su comportamiento. Si aun así persiste el comportamiento, se  darán pautas al padre de familia con un compromiso de seguimiento continuo. Se estudiará si el caso requiere de tratamiento específico de otro profesional, para remitirlo mediante docente de Aula de Apoyo. (El plazo máximo para que la familia devuelva el resultado de la remisión es de 30 días hábiles a partir de la entrega de la misma).
La actuación deberá ser consignada en el libro Observador del estudiante y en el archivo del aula de apoyo, debidamente firmados por el padre de familia o acudiente.
Artículo 74. Protocoles Para Situaciones tipo II de estudiantes con NEE

Cuando se trata de este tipo de situaciones, será indispensable que el padre de familia o cuidador esté presente  desde el momento de identificar las situaciones que anteceden a la falta y determinar la responsabilidad o no del estudiante. Si la conducta persiste, se hace una remisión al profesional competente, a quien se le pedirá tratamiento y sugerencias de acciones pedagógicas, restaurativas y/o de reparación, tanto para el ámbito escolar como para el familiar. Paralelamente, el padre o cuidador firmará un compromiso con la institución  en el  cual asumirá la obligación de realizarle el tratamiento requerido al estudiante. Si es necesario, porque la falta interfiere en la dinámica escolar, el padre o cuidador deberá acompañar a su hijo  o acudido en la institución, mientras persista la conducta. El retiro temporal de clase o del establecimiento se hará en caso de que el comportamiento del estudiante con NEE afecte la integridad personal de los otros niños o en caso de que el padre o acudiente no realice el tratamiento sugerido.

Si es un estudiante que necesita estar medicado para poder convivir con los demás, se podrá desescolarizar hasta tanto no empiece su tratamiento.

Artículo 75. Protocoles Para Situaciones tipo III de estudiantes con NEE
Cuando se trata de este tipo de faltas,  el padre o cuidador, deberá presenciar la actuación desde el principio, por tanto, se citará previo a la activación  inmediata  de la ruta de atención integral. Se hará un estudio de la conducta presentada para plantear estrategias pedagógicas, restaurativas y de reparación de la falta cometida. El estudiante involucrado deberá asistir a un tratamiento paralelo a la escolaridad. Si se considera que la conducta interfiere en la dinámica de la institución, se implementarán programas de apoyo para ser desarrollados con su familia en el hogar, simultáneos al tratamiento  profesional requerido. En este caso, la institución hará seguimiento pedagógico cada ocho días, mientras el estudiante esté de nuevo en capacidad para estar en grupo.
Artículo 76. Inasistencia e impuntualidad de estudiantes con NEE:

Al estudiante con NEE se le dará un tiempo prudencial, establecido en compromiso con el padre de familia o acudiente y acorde con sus capacidades, para el acatamiento de la norma en cuanto al cumplimiento de horarios. Luego de este tiempo, se procederá como se hace con los demás estudiantes.

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