ACUERDO N° 5 DE 2011
Por medio de la cual se
establece el Sistema Institucional de Evaluación y Promoción de los Estudiantes
y se deroga el Acuerdo N° 2 del 23 de febrero de 2010.
El Consejo Directivo de la
Institución Educativa José Roberto Vásquez Barrio Manrique y sus Sedes Baldomero Sanín Cano
y Manuel Mora Vásquez), en uso de sus funciones legales, las conferidas
por el Decreto 1860 de 1994, en especial las señaladas en el Decreto 1290 de
2009, en la Circular 158 de noviembre de 2010 y en Directiva Ministerial 29 de
noviembre 16 de 2010,
CONSIDERANDO
- Que
el Decreto 1290 de 2009 estableció los lineamientos generales y específicos
para los procesos de evaluación y promoción de los estudiantes a partir
del año 2010.
- Que
la Directiva Ministerial 29 del 16 de noviembre de 2010 establece
parámetros aclaratorios del 1290 sobre la evaluación de los aprendizajes
de los estudiantes.
- Que
la Circular 158 de noviembre de 2010 orienta y aclara sobre la evaluación
y promoción de los estudiantes según el Decreto 1290.
- Que
corresponde al Consejo Directivo adoptar el Sistema Institucional de
Evaluación y Promoción de los estudiantes, de acuerdo con la estructura y
requerimientos señalados, específicamente, en el Artículo 4° del Decreto
1290 de 2009.
- Que
en el artículo 6° del mismo Decreto se plantea a cada establecimiento
educativo determinar los criterios de evaluación y promoción escolar,
acorde con el PEI y el modelo pedagógico respectivos.
- Que
analizado el Acuerdo 2 del 23 de febrero del 2010 del Consejo Directivo
sobre la evaluación y promoción de los estudiantes, el Consejo Académico
considera que se debe derogar, mediante
acta número 06 de 13 de julio de 2011.
- Que
dentro de sus responsabilidades corresponde al Consejo Académico la
aprobación del nuevo Sistema de Evaluación Institucional; el cual debe
ser adoptado por el Consejo Directivo por acuerdo y acta.
- Que
se ha cumplido con los procedimientos requeridos en el artículo 8 del 1290
para la construcción del Sistema Institucional de Evaluación y Promoción
de los Estudiantes, comprometiendo a los diferentes estamentos de la Comunidad
Educativa.
- Qué
el 2010 fue un año de transición para el SIEE y realizada la revisión y análisis de los resultados se determina
derogar el acuerdo 02 del 23 de
febrero de 2010 SIEE del 2010..
ACUERDA
CAPITULO I
DE LA IDENTIDAD INSTITUCIONAL
ARTÍCULO 1. MISIÓN, VISIÓN Y POLÍTICA DE CALIDAD
La Institución Educativa José
Roberto Vásquez Barrio Manrique, de carácter oficial, ofrece un servicio
educativo en los niveles de preescolar, básica y media (académica y técnica),
orientado a la formación integral de los estudiantes para el desempeño
autónomo, solidario y productivo con miras al mejoramiento de la calidad de
vida personal, familiar y social.
Para el año 2015 la
Institución Educativa José Roberto Vásquez Barrio Manrique será reconocida en
Medellín por su alto nivel académico, por el liderazgo de sus estudiantes y el
compromiso de la comunidad en la transformación social.
Es política de la Institución Educativa José
Roberto Vásquez Barrio Manrique garantizar la formación integral de los
estudiantes, mediante el mejoramiento continuo de los procesos de calidad y la
implementación de un modelo pedagógico pertinente.
CAPITULO II
DE LOS
CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES
ARTÍCULO 2. CRITERIOS DE
EVALUACIÓN
En la Institución Educativa la
evaluación tendrá los siguientes componentes:
a. Evaluación:
Desde el punto de vista
educativo la evaluación es la acción permanente por medio de la cual se busca
apreciar, estimar y emitir juicios sobre los procesos de desarrollo de los
estudiantes o sobre los procesos pedagógicos o administrativos, así como sobre
sus resultados, a fin de mantener la calidad educativa. La evaluación de los
estudiantes se hará respondiendo a los estándares nacionales de competencias,
los desempeños en cada una de las áreas y los indicadores de desempeño.
b. Autoevaluación
La Autoevaluación se
desarrolla a un nivel cualitativamente superior, en la que se regresa a la
evaluación de cada sujeto, pero vista ahora desde una perspectiva que supera el
patrón concebido inicialmente, cuando los sujetos se reconocen a sí mismos y
son capaces de cuestionar dicho patrón. La autoevaluación contribuye a la
formación de determinados aspectos de la personalidad del estudiante, al ser
capaz de trazarse nuevas metas y alcanzar resultados superiores; y al
desarrollar su capacidad de crítica, favorece su independencia y creatividad.
c. Coevaluación
La Coevaluación se
manifiesta centrada en la interacción entre los sujetos que participan en el
proceso, entre el profesor y los estudiantes y entre los mismos estudiantes. A
través de la Coevaluación se propicia la elaboración de compromisos, lo que
constituye la base de la educación, pues cada sujeto se compromete con los
restantes y con el proceso mismo en la negociación e intercambio de resultados,
en la construcción de contenidos, estimulando la formación de valores y por
tanto la educación.
Por consiguiente la evaluación
será:
Contextual.
Acorde
con el PEI, el Modelo Pedagógico Institucional, el perfil socio-demográfico de
la Comuna 03, el ambiente familiar y los indicadores de desempeño desde los
saberes previos.
Integral.
Se
tiene presente el proceso de rendimiento en lo Cognitivo (saber, conocer); Procedimental
(hacer, practicar, desarrollar habilidades y destrezas); Actitudinal (solidaridad,
cooperación, convivencia). Todo con un adecuado diligenciamiento de los registros
académicos.
Participativa.
Incluyente,
promocional, motivacional y democrática. Con estrategias y ejercicios de
Autoevaluación y Coevaluación; procesos críticos de diálogo para captar
necesidades e intereses de los estudiantes y de la comunidad educativa, en
suma, con responsabilidad social.
Flexible.
Con
oportunidad para el acierto y el error, teniendo en cuenta los ritmos y estilos
de aprendizaje, las diversas inteligencias, perspectivas del desarrollo humano
y la madurez cerebral.
Continua y formativa. En
forma permanente y sistemática, orientando a los estudiantes desde sus
desempeños y dificultades. Implica el proceso de la acción educativa en un
lapso determinado.
ARTÍCULO 3. COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
Se
dará continuidad a las comisiones de evaluación y promoción por grado, cada una
de las cuales estará conformada por el rector o su representante, los
directores de grupo, dos padres de familia por cada grado y el docente del aula
de apoyo si se requiere.
En
nuestra institución las áreas
Básica
Primaria
AREAS
|
ASIGNATURAS
|
PORCENTAJES
|
Ciencias Naturales
|
|
100%
|
Ciencias Sociales
|
|
100%
|
Educación Ética y Valores
|
|
100%
|
Educación Artística
|
|
100%
|
Educación Física
|
|
100%
|
Educación Religiosa
|
|
100%
|
Humanidades
|
Lengua Castellana
|
80%
|
Lengua extranjera - ingles
|
20%
|
|
Matemáticas
|
|
100%
|
Tecnología
|
Tecnología e Informática
|
100%
|
Básica
Secundaria
AREAS
|
ASIGNATURAS
|
PORCENTAJES
|
Ciencias Naturales
|
|
100%
|
Ciencias Sociales
|
|
100%
|
Educación Ética y Valores
|
|
100%
|
Educación Artística
|
|
100%
|
Educación Física
|
|
100%
|
Educación Religiosa
|
|
100%
|
Humanidades
|
Lengua Castellana
|
60%
|
Lengua extranjera - ingles
|
40%
|
|
Matemáticas
|
|
100%
|
Tecnología
|
Tecnología e Informática
|
70%
|
Emprendimiento
|
30%
|
Media
AREAS
|
ASIGNATURAS
|
PORCENTAJES
|
Ciencias Naturales
|
Química
|
50%
|
Física
|
50%
|
|
Ciencias Sociales
|
|
100%
|
Educación Ética y Valores
|
|
100%
|
Educación Artística
|
|
100%
|
Educación Física
|
|
100%
|
Educación Religiosa
|
|
100%
|
Humanidades
|
Lengua Castellana
|
60%
|
Lengua extranjera - ingles
|
40%
|
|
Matemáticas
|
|
100%
|
Tecnología
|
Tecnología e informática
|
70%
|
Emprendimiento
|
30%
|
|
Filosofía
|
|
100%
|
Ciencias Políticas y económicas
|
|
100%
|
Áreas de las Medias técnicas
|
Deberán cumplir todos los
requisitos del convenio SENA
|
|
La
comisión de evaluación y promoción se reunirá, ordinariamente, dos veces por
período, así: primero, una semana antes de finalizar cada período académico con
el fin de analizar el rendimiento de los estudiantes y diagnosticar debilidades,
para orientar planes de apoyo y recomendaciones que deberán seguir docentes,
padres de familia, acudientes y estudiantes; y segundo, a la semana siguiente
de finalización de cada periodo, donde se verifiquen los alcances de los planes
de apoyo aplicados y el análisis de resultados. También se reunirá en forma
extraordinaria cada vez que se requiera.
A la
primera reunión de comisión serán reportados los estudiantes que
presentarán planes de apoyo; y a la segunda quienes no realizaron los planes, o
no los superaron y el porqué. Se redactará un acta donde consten los procesos
realizados. Los planes de apoyo serán entregados el viernes de la penúltima
semana del periodo, de manera que en la última semana los estudiantes los sustenten.
ARTÍCULO 4. PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES.
La promoción o no de un estudiante se hará con base en la valoración
final de las áreas y no por asignaturas aisladas: Ley 115, artículo 23º y Decreto 1290, artículo 5º.
Al
finalizar el año escolar serán promovidos los estudiantes que hayan alcanzado,
como mínimo, un desempeño básico en todas las áreas establecidas en el plan de
estudios. Esta valoración final será definida con base en el promedio total de
los cuatro periodos académicos de cada estudiante, que será realizado
directamente por el programa PC-Académico desde la secretaría de la Institución.
Los
estudiantes con necesidades educativas especiales serán promovidos, siempre que estén
diagnosticados por un especialista; no tendrán repitencia por ningún motivo
(solicitud médica, padre de familia o Educador).
No es promovido (no pasa al grado siguiente) el estudiante que repruebe una
(1) o más áreas de las contempladas en el plan de estudios, después de haber
realizado los respectivos planes de apoyo.
La valoración de la nota en cada
período sólo tendrá una décima; las valoraciones por debajo de 0,5 se
aproximarán al dígito inmediatamente anterior y las valoraciones iguales o
superiores a 0,5 se aproximarán al dígito inmediatamente superior. Así, un
promedio de 2.95 se aproximará a 3.0 y un promedio igual o inferior a 2.94 se
aproximará a 2.9.
El estudiante que al
finalizar el año lectivo obtenga una nota mínima de dos con siete (2.7) en el
promedio de una sola área, y el promedio total de las demás áreas es igual o
superior a tres con siete (3.7), será promovido al grado siguiente, sin
necesidad de presentar plan de apoyo. Este procedimiento se denomina “Ley de
arrastre”.
Cuando
se aplica la ley de arrastre, las comisiones de evaluación y promoción son las
encargadas de hacer la promoción y nombrar al educador responsable de llenar la
planilla para el cambio de nota.
El estudiante que al
finalizar el año escolar obtenga desempeño bajo en el promedio de tres (3) o
más áreas, no será promovido al grado siguiente, ni tendrá derecho a presentar
planes de apoyo. En consecuencia, debe repetir el año.
El estudiante que al
finalizar el año lectivo obtenga desempeño bajo en el promedio de una (1) o dos
(2) áreas tendrá derecho a presentar planes de apoyo en el área o las dos áreas
que perdió durante la última semana académica del respectivo año lectivo, según
programación institucional, y deberá ganar los planes de apoyo presentados para
ser promovido al grado siguiente. Si presenta plan de apoyo en un área y no lo
aprueba, no es promovido; igualmente, si presenta plan de apoyo en dos áreas
deberá ganar las dos áreas para ser promovido.
Los planes de apoyo
consistirán en una prueba única sobre las competencias y logros desarrollados
durante todo el año, con base en talleres que el respectivo docente entregará
al estudiante y acudiente.
Estas opciones representan
las alternativas previstas a nivel institucional para superar las dificultades
académicas de los estudiantes que no alcanzan, mínimamente, el desempeño básico.
De persistir el desempeño bajo se aplicará la alternativa prevista en el Decreto
1290 sobre promoción anticipada para estudiantes repitentes y con talentos
excepcionales.
Parágrafo
1:
Para que se pueda realizar
la promoción anticipada de los estudiantes repitentes, es requisito que éstos
obtengan como mínimo un desempeño básico en todas las áreas del plan de
estudios del respectivo grado. Habiendo aprobado el plan de apoyo de las
competencias básicas de áreas que reprobó y ocasionó su pérdida de año.
Para el grado noveno la promoción anticipada se
realizará en la segunda semana de inicio de labores académicas, con el fin de
favorecer a los estudiantes que al pasar al grado 10° tienen que cursar áreas
nuevas como Filosofía, Física, Química, Ciencias Políticas y Económicas, y así
puedan iniciarlas desde el primer período, el plan de apoyo a realizar debe
recoger las competencias básicas del grado. Con este proceso culmina la
promoción anticipada de grado noveno.
Parágrafo 2:
Durante
el primer período del año escolar el Consejo Académico, previo consentimiento
de los padres de familia, recomendará ante el Consejo Directivo la promoción
anticipada al grado siguiente del estudiante que demuestre un desempeño superior
en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias
básicas del grado que cursa. La decisión será consignada en acta del Consejo
Directivo y, si es positiva, en el registro escolar. Artículo 7 Decreto 1290 de 2009.
Esta reglamentación sobre
promoción anticipada rige para los estudiantes del grado 11° a partir del año
lectivo 2011, con las mismas garantías que poseen al respecto los estudiantes
de toda la institución.
Parágrafo
3:
Los estudiantes que lleguen de
otra institución durante cualquier periodo escolar y tengan áreas pendientes
(con desempeño bajo) se acogerán a lo estipulado en este Acuerdo.
Parágrafo
4:
Para el estudiante nuevo que
ingrese a la institución al inicio del año y traiga áreas con desempeño bajo,
pero que no obstante ha sido promovido, se respetará la decisión de la
institución de donde viene. Pero si un estudiante viene a repetir el grado, tendrá
la posibilidad de ser promovido anticipadamente si cumple con lo estipulado en
el presente artículo y sus parágrafos.
Parágrafo
5:
Para optar al título de
bachiller, ya sea académico o técnico, y graduarse en la ceremonia institucional,
el estudiante del grado once debe cumplir con todos los requisitos de ley. Quien
no cumpla con al menos uno de ellos se graduará al año inmediatamente siguiente
y por ventanilla, después de haber cumplido con los requisitos faltantes. Igual
si persiste la perdida no aprobará el grado.
Parágrafo
6:
Los estudiantes del grado
undécimo tienen la oportunidad en enero de realizar planes de apoyo, si se
diera nuevamente la pérdida, podrán realizar periodo a periodo la presentación
de planes hasta la superación de esta (prueba única). Este proceso tendrá lugar
exclusivamente el año lectivo siguiente al cursado, y sólo para los que
cursaron el grado undécimo durante el año 2012. A partir de esta fecha el
estudiante del grado once se regirá por las disposiciones contempladas para los
demás estudiantes.
El estudiante de la Media Técnica
que pierda la Práctica Comercial debe repetirla al año siguiente. Ésta no es
habilitable y tiene que alcanzar una valoración mínima de 3.5 y realizar curso
de inglés virtual (reglamento del Sena).
Requisitos para optar al título
de bachiller:
1 Haber
cursado y aprobado los 6 años de educación Básica y Media.
2 Haber
acreditado el Servicio Social del Estudiantado.
3 Para
graduarse en la media técnica debe haber cumplido y aprobado todos los requisitos
del convenio SENA- SEDUCA.
4 Haber
realizado las 50 horas de la Constitución Política de Colombia.
Parágrafo 7:
Todos los estudiantes de Preescolar se evalúan y promueven
de conformidad con el Artículo 10 del Decreto 2247 de 1997, sobre Educación
Preescolar, pero aquellos cuya inasistencia supere el 20% no serán promovidos.
Parágrafo 8:
Los estudiantes con discapacidades y
necesidades educativas especiales deben ser evaluados con miras a definir su
promoción, teniendo en cuenta su carácter excepcional, con parámetros especiales
que obedezcan a sus posibilidades objetivas de desempeño.
Parágrafo 9:
El porcentaje de promoción que
será igual o mayor al 90% de la
totalidad de los estudiantes será definido al siguiente año en el primer
periodo, despues de haber realizado planes de apoyo.
ARTÍCULO 5. PROMOCIÓN ANTICIPADA DE GRADO
Los estudiantes con talentos
excepcionales que deseen ser promovidos anticipadamente, deberán demostrar un
rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social, en el marco
de las competencias básicas en las áreas del grado que cursa.
Durante
el primer periodo, previo consentimiento del padre de familia, el docente
director de grupo recomendará la
promoción anticipada del estudiante que demuestre un desempeño superior, y la
decisión quedará consignada en actas del Consejo Directivo, Consejo Académico y
registro escolar
Parágrafo 1:
La solicitud de promoción anticipada podrá ser
presentada por escrito ante la comisión de evaluación y promoción por el director de grupo y el padre de
familia. La comisión de evaluación y
promoción analizará la solicitud fundamentada en el desempeño excepcional del
estudiante y recomendará al Consejo Académico su promoción anticipada, el plan de apoyo a
realizar debe recoger las competencias básicas del grado.
.
ARTÍCULO
6. PERIODOS ACADÉMICOS
El año escolar está comprendido por 4 periodos académicos con la
siguiente distribución:
PERIODO 1: 10
SEMANAS
PERIODO 2: 9
SEMANAS
PERIODO 3: 9
SEMANAS
PERIODO 4:
12 SEMANAS
Parágrafo
1:
Es
obligación del educador realizar durante el desarrollo de los procesos
académicos en todos los periodos, actividades de apoyo relacionadas con
las estrategias metodológicas implementadas en clase.
En
la penúltima semana de cada periodo, el educador debe enviar el reporte a la
comisión de evaluación de los estudiantes que presentan dificultades en el
área, con planes de apoyo que correspondan a los desempeños que deben alcanzar.
Para
lo anterior se tendrá en cuenta que los planes de apoyo constituyen actividades
diferentes que se programan para subsanar los desempeños bajos, presentado
durante el periodo académico, que en nuestro SIE serán desarrolladas en la última
semana del periodo.
PERIODO
|
DURACION
|
PRUEBA ACUMULATIVA
|
DEFINITIVA
|
PLAN DE APOYO
|
PLAN DE APOYO FINAL
|
1
|
10
|
8
|
9
|
10
|
|
2
|
9
|
7
|
8
|
9
|
|
3
|
9
|
7
|
8
|
9
|
|
4
|
12
|
8
|
9
|
10
|
11-
12
|
ARTÍCULO 7. ESCALA DE VALORACIÓN
INSTITUCIONAL
La escala de valoración de los
desempeños de los estudiantes en nuestro Sistema Institucional de Evaluación,
en correspondencia con la escala nacional definida en el Decreto 1290 de 2009, está
determinada así:
Desempeño
superior: 4.8 a 5.0
Desempeño
alto: 4.0 a 4.79
Desempeño
básico: 3.0 a 3.99
Desempeño
bajo: 1.0 a 2.99
NOTA: La
valoración CERO se aplicará al estudiante
que no asiste a clase o no presenta actividades (para notas parciales). Y si no
presenta excusa válida.
Parágrafo 1:
Para aquellos
estudiantes que ingresan nuevos a la institución en cualquier periodo del año, se les
solicitará que los respectivos certificados de notas vengan con los
equivalentes numérico, los cuales se respetaran, pero si por algún motivo solo
se presentan en términos de superior, alto, básico o bajo, se homologará aplicando
la ley de favorabilidad del menor, con
el número superior de cada escala ejemplo: si el estudiante llega con básico se
le coloca la nota numérica de 3.9
ARTÍCULO 8. DISTRIBUCIÓN PORCENTUAL DE
LAS ACCCIONES EVALUATIVAS
Durante
cada período, las actividades evaluativas realizadas tendrán la siguiente
distribución porcentual:
Seguimiento
(trabajos en equipo, actividades individuales, evaluaciones parciales, salidas
al tablero, investigaciones, entre otros): 70 %
Evaluaciones
acumulativas: 20 %
Autoevaluación:
5%
Coevaluación
(disposición y actitud del estudiante en el aula, diálogo entre dos): 5%
ARTÍCULO 9. DEFINICIÓN CONCEPTUAL DE
CADA JUICIO VALORATIVO
DESEMPEÑO SUPERIOR: Se le asigna al
estudiante cuando alcanza desempeños óptimos en el área, respondiendo de manera
apropiada con todos los procesos que le permiten enriquecer su
aprendizaje, alcanza los estándares y
competencias y supera los objetivos y las metas de calidad previstos en el PEI.
Se puede
considerar con un Desempeño Superior al estudiante que reúna, entre otras, las siguientes características:
1.
Es creativo, innovador
en la presentación de los trabajos académicos.
2.
Cumple con eficiencia y responsabilidad las tareas y
trabajos de área.
3.
Es analítico y critico en sus cuestionamientos.
4.
Es constante en asistencia y puntualidad, presentando
causas justificadass a sus ausencias en
gran medida.
5.
Demuestra actitud positiva frente a los procesos
cognitivos, sociales y de convivencia.
6.
Desarrolla actividades curriculares que exceden las
exigencias esperadas.
7.
Consulta diversas fuentes de manera que enriquece las
temáticas vistas en clase.
8.
Manifiesta un elevado sentido de pertenencia institucional
proyectando una buena imagen de la institución donde quiera que la represente.
9.
Participa activamente en el desempeño y desarrollo de las
diferentes actividades en el aula y en la institución.
10.
Presenta actitudes proactivas de liderazgo y gran capacidad
de trabajo en equipo.
DESEMPEÑO ALTO: Se asigna
al estudiante que alcanza la totalidad de los indicadores de
desempeño previstos en cada área, demostrando un desarrollo satisfactorio en
cada uno de los aspectos de la formación
Se puede considerar desempeño alto cuando el estudiante reúna,
entre otras, las siguientes
características:
1.
Maneja y argumenta los conceptos aprendidos en clase.
2.
El trabajo en el aula es constante y aporta a la
construcción de grupo.
3.
Es constante en asistencia y puntualidad, presentando
excusas justificadas a sus ausencias.
4.
Presenta los trabajos oportunamente.
5.
Manifiesta un elevado sentido de pertenencia institucional
proyectando una buena imagen de la institución donde quiera que la represente.
6.
Desarrolla actividades curriculares específicas.
7.
Su trabajo en equipo es efectivo y proactivo capacidad de
trabajo en equipo.
DESEMPEÑO BÁSICO: Se le
asigna al estudiante que logra lo mínimo en los procesos de formación
y puede continuar avanzando en el proceso, con la necesidad de fortalecer su trabajo para que
alcanzar mayores niveles de desempeño.
Se puede considerar desempeño básico cuando el estudiante
reúna, entre otras, las siguientes características:
1.
Sólo alcanza los niveles de desempeño mínimos.
2.
Tiene faltas de asistencia justificadas, pero que limitan
su proceso de aprendizaje.
3.
Es relativamente creativo y su sentido analítico no se
evidencia en sus acciones.
4.
Presenta sus trabajos en el límite del tiempo y la
oportunidad de hacerlo.
5.
Su actitud frente a los procesos cognitivos, sociales y de
convivencia presenta altibajos.
6.
Manifiesta sentido de pertenencia institucional con poca
proyección de una buena imagen de la institución donde quiera que la
represente.
7.
Utiliza estrategias de apoyo necesarias para resolver
situaciones pedagógicas pendientes.
8.
Su capacidad de
trabajo en equipo es limitada.
9.
Los aportes en clase poco ayudan a aclarar los conceptos vistos.
10.
Desarrolla el mínimo de actividades curriculares
requeridas.
DESEMPEÑO BAJO: Se
asigna al estudiante que no supera los desempeños necesarios previstos en
las Áreas, teniendo limitaciones en los procesos de formación, por lo que su
desempeño no alcanza los objetivos y las metas de calidad previstos en el PEI.
Se puede considerar desempeño bajo cuando el estudiante
reúna, entre otras, las siguientes características:
1.
No alcanza los logros mínimos en las Áreas y requiere de
un plan de apoyo.
2.
No alcanza los logros mínimos en las Áreas aún después de
presentar el plan de apoyo y persiste en
las dificultades.
3.
Presenta faltas de asistencia injustificadas que afectan
significativamente su proceso de aprendizaje.
4.
Su actitud frente a los procesos cognitivos, sociales y de
convivencia presentan dificultades que afectan el normal desarrollo de las
actividades escolares.
5.
Incumple constantemente con las tareas y trabajos que
promueve el área.
6.
No desarrolla el mínimo de actividades curriculares
requeridas.
7.
No manifiesta un sentido de pertenencia a la institución.
8.
Presenta dificultades en el desarrollo de trabajos en
equipo.
9.
Presenta desmotivación desinterés y apatía por las
actividades escolares.
10.
El ritmo de trabajo es inconstante, lo que dificulta su
desempeño.
ARTÍCULO 10. ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL
MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR.
Las acciones
de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes
durante el año escolar serán:
1. Hacer una
reunión en cada período por áreas para evaluar debilidades y fortalezas y así
establecer nuevos planes de apoyo.
2. Retomar las
actividades complementarias y solicitar acompañamiento de los padres de familia
o acudientes.
3. Coadyuvar en
la evaluación formativa de manera permanente, a través de: Autoevaluación, Coevaluación.
4. Recurrir a las
aulas de apoyo, de aceleración del aprendizaje, procesos básicos y de apoyo
externo como psicología, UAI, entre otros.
5. Diligenciar el formato donde se comprometa el docente, el
estudiante y el padre de familia o acudiente en las actividades y planes
de apoyo.
6. Cumplir con
las fechas dadas por la Institución la realización del Plan de Apoyo.
ARTÍCULO 11. PROCESOS DE AUTOEVALUACIÓN Y COEVALAUCIÓN
DE LOS ESTUDIANTES
Los procesos
de autoevaluación y Coevaluación de los estudiantes serán:
En todas las
Áreas, y para cada periodo académico, se favorecerán la autoevaluación y Coevaluación
de los estudiantes con una intención formativa para la toma de conciencia del
proceso de aprendizaje y que le ayude al estudiante a identificar sus
dificultades y avances en su desempeño.
Dentro de
todas las actividades evaluativas que realice el docente con el estudiante la
autoevaluación y Coevaluación generarán una nota valorativa que se computará
con las anteriores para definir la valoración final del período.
ARTÍCULO 12. ESTRATEGIAS DE APOYO
Las
estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones pedagógicas
pendientes de los estudiantes serán:
1. Banco de
talleres que complemente las actividades de clase.
2. Acompañamiento
al proceso evaluativo con acudiente, director o directora de grupo y
coordinación.
3. Organizar
grupos de apoyo entre compañeros de clase.
4. Hacer usos de
las TIC en todas las áreas.
5. Seguimiento al
Plan de apoyo de cada área.
6. Crear
incentivos para los estudiantes que obtengan un Desempeño Superior (Pruebas
Nacionales e Internacionales), y estudiantes con talentos excepcionales a nivel
cognitivo, artístico, cultural, deportivo o similar.
7. Planear
jornadas especiales con estudiantes que presentan desempeños bajos.
8. Suministrar al
estudiante la información clara y precisa del qué, cómo y cuándo va a ser
evaluado y los resultados de sus evaluaciones oportunamente.
9. Información oportuna
del desempeño académico de los estudiantes (citación a padres de familia con
registro de asistencia como evidencias)
ARTÍCULO 13. ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS DOCENTES
Y DIRECTIVOS DOCENTES CUMPLAN CON LOS PROCESOS EVALUATIVOS ESTIPULADOS EN EL
SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN
Las acciones
para garantizar que los directivos docentes y docentes de la Institución
Educativa cumplan con los procesos educativos estipulados en el SIE serán:
DIRECTIVOS DOCENTES:
1. Garantizar la
articulación entre modelo pedagógico, plan de estudios, planeación
institucional y procesos de evaluación.
2. Hacer
retroalimentación a las planeaciones y proyectos institucionales.
3. Hacer los
ajustes presupuestales necesarios para todo lo que implica el SIE.
DOCENTES:
1. Ejecutar la
articulación entre el modelo pedagógico, el plan de estudios, planeación
institucional y procesos de evaluación.
2. Asumir la
evaluación como un proceso integral que requiere seguimiento permanente.
3. Definir con
anterioridad al inicio del año, los alcances esperados, y al iniciar cada
período cuáles serán los criterios y parámetros de evaluación.
4. Posibilitar la
participación del estudiante en la definición de los parámetros de evaluación:
criterios, procedimientos e instrumentos.
5. Contemplar la
evaluación como un proceso que incluye: autoevaluación y Coevaluación
de los y las estudiantes como parte del proceso general de evaluación.
ACCIONES GENERALES:
1. Incorporar el
SIE al PEI y Manual de Convivencia.
2. Crear
mecanismos de comunicación y socialización del SIE para la comunidad educativa.
3. Establecer
instancias del SIE, especificando integrantes, roles, funciones y momentos de
encuentro.
4. Definir planes
de trabajo concretando cronograma.
5. Realizar
capacitaciones del SIE con diferentes instancias.
6. Establecer
instrumentos de registro, seguimiento y difusión de resultados.
7. Ajustar y
trabajar en los planes de mejoramiento institucional.
ARTÍCULO
14. PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES DE FAMILIA
Los
informes periódicos académicos deben ser claros, comprensibles y brindar
información integral del avance de la formación en cada una de las áreas,
incluyendo información detallada de las fortalezas y debilidades que haya
presentado el estudiante en cada área desde los indicadores de desempeño. El
boletín escolar debe establecer las recomendaciones y las actividades de apoyo
para la superación de las debilidades presentadas, teniendo en cuenta los
indicadores de desempeño, la escala de valoración nacional e institucional.
La
periodicidad de entrega de informes a los padres de familia será:
1.
En
cumplimiento del artículo 11, numerales 4 y 6 del Decreto 1290/09, la
Institución Educativa establecerá la entrega de Informes a padres de familia o
acudientes en cada periodo académico acorde a la resolución del calendario académico.
En el cuarto informe se le adiciona la valoración final de cada área,
mediante la escala enunciada y se define la promoción.
2.
Habrá
informes parciales verbales, para los
que presenten Desempeño Bajo, con citación a estudiante y padre de familia o
acudiente, cada que se requiera ejemplo: planes de apoyo y otros).
3.
Las
entregas de informes periódicos se
desarrollarán durante toda la jornada académica con metodología tipo entrevista
y con asistencia del estudiante.
ARTÍCULO 15. ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE LOS
ESTUDIANTES
La estructura
de los informes de los estudiantes para que sean claros, comprensibles y den
información integral del avance en la formación será:
1.
Una
breve descripción explicativa en lenguaje claro y comprensible para la
comunidad educativa, con la escala valorativa institucional y nacional sobre
las fortalezas y dificultades que tuvieron los estudiantes en sus desempeños.
2.
La
redacción de los indicadores debe ser en cada área (por los docentes), en forma
sustantivada y corresponderá a las competencias que se están trabajando en el
periodo, de acuerdo a las mallas curriculares y a los parámetros entregados por
el sistema de calificaciones.
ARTÍCULO 16. ESTIMULOS
Con el fin de
incentivar el buen desempeño de los estudiantes y brindar incentivos a quienes
se esfuerzan por mejores resultados se establecen los siguientes estímulos:
1.
En
el reporte de finalización de periodo (FGA-07 (FORMATO DE CONSOLIDADO DE FINALIZACIÓN DE PERIODO)) se hará mención
de los dos primeros puestos académicos de cada grupo y se exaltará este logro
en una reunión de comunidad.
2.
Los estudiantes que participen responsablemente
en pruebas externas como: Olimpiadas del conocimiento, simulacros, pruebas Saber,
(Pre ICFES) simulacros, entre otros, podrán ser eximidos de la prueba
acumulativa en las respectivas áreas involucradas, con una calificación de
cinco en dicha prueba.
3.
El estudiante que obtenga puntaje igual o
superior a cincuenta (50) en cualquier área de las pruebas del Saber 11º (ICFES),
se hará acreedor a que en el cuarto periodo académico el área en la cual obtuvo
dicho puntaje se le valore con la nota máxima (5), siempre y cuando desarrolle
los procesos evaluativos asignados en dicho período.
4.
Los estudiantes que se destaquen por su buen
rendimiento académico serán privilegiados para representar a la Institución y
al grupo en los diferentes eventos, actividades y convocatorias externas e
internas.
5.
Cuando los estudiantes de undécimo no vengan
a clase los sábados ni se presenten al
PREICFES por estar en representación de la institución (Eafit, Olimpiadas,
capacitaciones (Preicfes) no se les colocara falla ni mala nota, siempre y
cuando tenga carta de este lugar.
6.
Aquellos estudiantes que se encuentren entre
los primeros 50 puestos en el SABER- ICFES, se le reconocerá una nota de 5.0
que será promediada con la nota definitiva del cuarto periodo.
CAPITULO III
INSTANCIAS PARA LAS RECLAMACIONES Y VIGENCIA
ARTÍCULO 17. INSTANCIAS,
PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCION Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES DE PADRES
DE FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
Las instancias,
procedimientos y mecanismos de atención y resolución de reclamaciones de padres
de familia y estudiantes sobre evaluación y promoción son las siguientes:
Luego de elaborar la
evaluación o el trabajo, el docente cuenta con un plazo máximo de cinco (5)
días hábiles para hacer la devolución a los estudiantes. Una vez entregado el
resultado evaluativo, el estudiante podrá hacer reclamaciones respetuosas del
trabajo o evaluación en la siguiente escala del conducto regular:
1.
Reclamación
verbal y respetuosa al Docente (1 día hábil para responder la inquietud del
estudiante).
2.
Reclamación
escrita al docente, con copia a la Coordinación. (2 días hábiles para responder
por escrito).
3.
Reclamación
del estudiante y/o acudiente por escrito a la Comisión de Evaluación y
Promoción del Grado respectivo (3 días hábiles
para responder por escrito).
4.
Reclamación
por escrito al Consejo Académico (5 días hábiles para dar solución).
5.
Reclamación
por escrito al Consejo Directivo (10
días hábiles para solución).
Parágrafo:
Los estudiantes tienen 3 días
hábiles para presentar reclamo a partir de recibido la nota o resultado
evaluativo.
Parágrafo:
Ante
cualquiera de las instancias anteriores proceden los recursos establecidos por
la Ley (reposición, apelación) y otros.
ARTÍCULO 18. El presente Acuerdo requiere, para su validez, la adopción
del Consejo Directivo de la Institución Educativa.
ARTÍCULO 19. VIGENCIA
El presente
acuerdo rige a partir del año lectivo 2011, y fue aprobado por el Consejo
Directivo, según consta en Acta No. … del
…
del año 2011 y deroga las normas que le sean contrarias, en especial el
Acuerdo N° 2 del 23 de febrero de 2010.
CONSUELO GIRALDO ARROYAVE ANGELA
MARIATOBON VALDERRAMA
Presidente Rep. Educadores
URIEL MANUEL USUGA GUISAO MARIA ALEJANDRA SANCHEZ
Rep.
Educadores Rep.
De los Estudiantes
KAROL YENNY GIL LUZ DARY LOAIZA FERNANDEZ
Rep. Padres de
Familia Rep.
Padres de Familia
MARÍA ALEJANDRA LEMA ADRIANA
MARÍA SÁNCHEZ
Representante
Ex alumnos Rep.
Sector Productivo
ANEXOS
Se anexan los
siguientes componentes: GLOSARIO DE TERMINOS, DIAGNÓSTICO Y CONTEXTO EDUCATIVO
y BIBLIOGRAFÍA.
1. GLOSARIO DE TÉRMINOS
ü ACOMPAÑAMIENTO: Se entiende como la
coordinación de un conjunto de acciones con una persona o grupo de personas,
destinadas a motivar, clarificar, guiar, precisar, corregir, justificar,
enseñar y asesorar para hacer posible el logro de determinados propósitos.
ü ADAPTACIÓN
CURRICULAR: Conjunto
de acciones dirigidas a adecuar el
currículo a las necesidades de un estudiante o grupo determinado.
ü AUTOEVALUACIÓN: Cada sujeto evalúa sus
propias acciones, es decir, dado que todos los agentes educativos pueden y
deben valorar su desempeño, el educando también puede y debe hacerlo.
La
autoevaluación es un proceso de evaluación desarrollado por la propia persona a
evaluarse. En sí misma es un requerimiento esencial de cara a la educación para
la vida.
ü COEVALUACIÓN: Es la evaluación mutua que se
hacen los integrantes de un grupo, para determinar desempeños y avances y
programas actividades.
ü CONTEXTO: Es el conjunto de
circunstancias, factores o actuaciones que rodean y pueden afectar el
funcionamiento de una institución u organización a sus programas o proyectos.
Ø CRITERIO:
Un criterio
es una condición/regla que permite realizar una elección, lo que implica que
sobre un criterio se pueda basar una decisión o un juicio de valor.
(Wikipedia).
Norma,
regla o pauta para conocer la verdad o falsedad de una cosa. Dar reglas o
procedimientos para realizar una acción
Ø CRITERIO
DE EVALUACIÓN:
Se entiende como "una característica o propiedad de un sujeto u objeto, de
acuerdo con el cual formulamos sobre él un juicio de apreciación". (G. De
Landsheere). Esto significa que un criterio nos permite referirnos a una acción
o comportamiento, comparativamente en relación a otro, que enuncia las reglas
del primero y autoriza su evaluación.
Los
criterios de evaluación son los que responden a la pregunta: ¿qué evaluar?
Es lo
que el docente espera que su estudiante conozca y sepa hacer al finalizar un
proceso de enseñanza y aprendizaje.
Se
puede definir como un estándar establecido previamente en función de lo que
razonablemente se puede esperar del alumno. El criterio debe incluir los
siguientes elementos:
Ø El rendimiento del educando en
función de sus posibilidades.
Ø Progreso, entendido como la
relación entre el rendimiento actual y rendimiento anterior.
Ø Norma, límite o meta exigida,
entendida como el mínimo que se debe exigir al alumno.
Además
de de los estándares se requiere establecer los indicadores que posibiliten al
docente y al estudiante identificar con claridad el nivel de alcance del saber
y saber hacer propuesto en el estándar, para dar claridad y objetividad al proceso
de autoevaluación y coevaluación.
ü CRITERIOS
DE PROMOCIÓN:
La promoción es el reconocimiento que se le hace a un estudiante porque ha desarrollado
adecuadamente una fase de su formación y ha demostrado que reúne las competencias
necesarias para que avance al grado siguiente, según los criterios que
previamente estableció la institución educativa.
En el
caso de la promoción anticipada al grado superior se hace al finalizar el primer
período académico, cumpliéndose con el criterio y procedimiento establecido en
el artículo 7 del Decreto 1290.
Los
criterios de promoción son indicadores previamente incorporados al PEI,
utilizados para valorar el grado de madurez alcanzado por el estudiante y las
posibilidades que tiene de continuar sus estudios con éxito.
Un
criterio de promoción puede estar determinado no por el número de áreas en el
desarrollo básico de competencias en cada una, sino por los niveles de
competencias del estudiante mirado en su conjunto, según la secuenciación de
los estándares necesarios de un grado a otro, cuando a juicio del equipo de
docentes del grado son indispensables para que el estudiante pueda continuar
progresando en su aprendizaje sin dificultades.
Por
tanto, no es el número de áreas con bajos desempeños los que determinen la promoción
o no, sino los niveles básicos de competencias que se requieren para que el estudiante
tenga las posibilidades de continuar sus estudios con éxito. Los criterios
estarán predeterminados y serán los docentes del grupo los que analicen y
determinen la promoción de los estudiantes.
Otro
criterio puede referirse al desarrollo de las competencias básicas en el ser,
el saber, el saber hacer y saber convivir esperado en cada una de las áreas,
por su carácter común al conjunto de áreas, o por su relevancia y significación
en relación con un área en particular o con un determinado grupo de ellas.
ü DESARROLLO
INTEGRAL DE LOS ESTUDIANTES:
Es un proceso de perfeccionamiento que consiste en la realización de la
condición humana del educando en todas sus dimensiones, no sólo para obtener
mayor bienestar, sino a que se haga más humano mediante mejoramientos
progresivos. Debe atender, en consecuencia, a los aspectos biológico, afectivo,
educacional, espiritual, cultural, ético, residencial, económico, técnico y
cívico-comunitario.
ü DESEMPEÑO: Es la aplicación de los
conocimientos, actitudes, hábitos y habilidades en la esfera práctica, en la
solución de cierta clase de problemas y situaciones. En este nivel se
manifiestan con más fuerza algunos de los procesos del pensamiento como son la
clasificación, la comparación y la concreción.
Se
refiere al hecho de llevar a la acción como producto final de aplicación lo
aprendido por el estudiante, ya sea mediante hechos en la vida real, mediante
laboratorios o simulaciones. Lo importante es que el estudiante en esta etapa
aplica los conocimientos adquiridos.
ü DESEMPEÑOS
ALTOS Y SUPERIORES:
Si los estándares nacionales presentan los desempeños básicos que los
estudiantes demuestran en el desarrollo de sus competencias. Las instituciones educativas
a través de los profesores de cada una de las áreas deberán determinar los
criterios para definir que el ser, el saber y saber hacer y el convivir de un
estudiante han alcanzado los desempeños altos o desempeños superiores, teniendo
en cuenta que estos últimos posibilitan que el estudiante sea promovido
anticipadamente al siguiente grado.
ü EDUCACIÓN: La educación es el proceso
global, permanente e integral que abarca toda la vida y todas las
potencialidades del ser humano en sus aspectos físicos, racionales, artísticos
y emotivos, cuyo propósito es lograr que los individuos aprendan a ser,
aprendan a aprender, aprendan a evaluarse y aprendan a convivir y comunicarse.
Es decir, es un proceso social y cultural que abarca la totalidad del hombre y
la totalidad de los hombres.
ü ESTÁNDARES: Son el punto de referencia de
lo que un alumno puede estar en capacidad de ser, saber, saber hacer y
convivir, según el área y el nivel. Sirven de guía para que en todos los
colegios urbanos o rurales, privados o públicos del país, se ofrezca la misma
calidad de educación.
Los
estándares son importantes porque:
Ø Permiten a los estudiantes,
profesores, padres de familia y a la sociedad conocer claramente qué es lo que
se espera que los estudiantes aprendan en la escuela.
Ø Sirven para orientar las
reformas de las pruebas que se aplican a los estudiantes, de los textos de
estudios, del currículum y de la formación y capacitación de los educadores.
Ø Cumplen una función
coordinadora de las diferentes áreas del sistema educativo, pues logran que los
variados elementos del sistema se centren en la misma meta: ayudar a que los
estudiantes logren los estándares.
Ø Son necesarios para ofrecer
igualdad de oportunidades, pues en su establecimiento está implícito el
principio de que todos los estudiantes deben contar con las mismas
oportunidades de aprender.
Se
señalan tres propósitos fundamentales de la medición basada en estándares:
Ø Contribuir a comunicar las
competencias que se esperan sean desarrolladas en las escuelas por los docentes
y los estudiantes.
Ø Concretizar las metas para
orientar los procesos de enseñanza y aprendizaje
Ø Centrar el esfuerzo de los
educadores y los estudiantes en las metas de desempeño específicas.
Ø ESTRATEGIAS: Conjunto de acciones que hay
que realizar, flexibles o susceptibles a ser ajustadas de acuerdo con
diferentes contextos o circunstancias. Se usa de una manera consciente o
intencional.
Se
diferencia de la técnica en que ésta es la sucesión de pasos o acciones de
manera secuencial y rígida que hay que realizar y que conlleva a un buen
resultado.
ü ESTRATEGIAS
PEDAGÓGICAS:
Conjunto de acciones que tienen como propósito lograr uno o más objetivos de aprendizaje,
a través de la utilización de diferentes métodos y/o recursos.
Ø Estrategias de aprendizaje:
Consiste en un procedimiento o conjunto de pasos o habilidades que un
estudiante adquiere y emplea de forma intencional como instrumento flexible
para aprender significativamente y solucionar problemas y demandas académicas.
Ø Estrategias de enseñanza: Son
todos aquellos procedimientos o recursos utilizados por quien enseña para
promover aprendizajes significativos.
ü ESTRATEGIAS
DE APOYO: Representan
un camino alternativo de la enseñanza regular, a través del cual los
estudiantes con problemas de aprendizaje pueden alcanzar los logros y
desempeños previstos en un tiempo determinado para el área o un grupo de áreas,
mediante la modificación de las actividades de enseñanza programadas con
carácter general, o de adaptaciones curriculares o modificación de los
criterios de evaluación, para que se adapten, de forma particular, al modo en
que cada educando o un pequeño grupo de estudiantes aprende.
ü ESTRATEGIAS
DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS: Constituyen el camino que una
institución establece desde un área o un conjunto de áreas para que los
estudiantes de un grupo o grado demuestren desde sus dimensiones personales,
sociales y cognitivas que han desarrollado las competencias necesarias para los
desempeños propuestos. “Se fundamenta en el supuesto de que existe un espectro
mucho más amplio de desempeños que el estudiante puede mostrar y que se diferencian
del conocimiento limitado que se evidencia con un examen estandarizado de
respuestas cortas. Este visión más amplia debería incluir situaciones de
aprendizaje de la vida real y problemas significativos de naturaleza compleja,
que no se solucionan con respuestas sencillas seleccionadas de un menú de
escogencia múltiple”.
ü EVALUACIÓN: Acción permanente por medio
de la cual se busca apreciar, estimar y emitir juicios sobre los procesos de
desarrollo del estudiante o sobre los procesos pedagógicos. También puede ser
utilizada como herramienta para promover, estimular o facilitar la adquisición
de conocimientos.
ü EVALUACIÓN
EDUCATIVA: Proceso
sistemático y planificado que nos permite identificar y verificar los
conocimientos, habilidades y desempeños de un estudiante que avanza en un
proceso de aprendizaje.
ü EVALUACIÓN
Y CALIFICACIÓN:
Que la evaluación concluya con una calificación no quiere decir que ambos
términos sean una misma cosa. La evaluación consiste en recoger información,
analizarla y valorarla, comparar las conclusiones de ese análisis con la meta a
la que se pretendía llegar, y pronunciarse sobre el grado de consecución de esa
meta. Calificar es expresar mediante un código establecido de antemano la
conclusión a la que se llega tras ese proceso de evaluación.
ü INDICADORES
DE DESEMPEÑO:
Son indicios, señales, rasgos, datos e informaciones perceptibles que permiten
confirmar logros de aprendizaje propuestos en relación a las intensiones de
enseñanza, y que al ser confrontados con lo esperado pueden considerarse como
evidencias significativas del aprendizaje.
ü INFORME
DESCRIPTIVO – EXPLICATIVO:
Es la síntesis de los resultados de la evaluación. Tiene como objetivo
suministrar información escrita periódica a los padres de familia y a los
estudiantes, entre otros, sobre los desempeños obtenidos por los educandos, las
fortalezas y dificultades, los aspectos más destacables de su personalidad y
los que requieren una mayor atención.
ü LA
ESTRUCTURA DE LOS INFORMES ACADÉMICOS: Será el producto de la coincidencia
entre el propósito de la evaluación en el proceso del año lectivo con el del
informe periódico al padre de familia sobre los resultados parciales del
aprendizaje de sus hijos.
Se
evalúa en el proceso para identificar las debilidades que el estudiante
presenta en el aprendizaje o las deficiencias en el proceso de enseñanza para
aplicar estrategias de mejoramiento y se pretende que el padre de familia se
entere de los resultados no en términos de calificación únicamente sino en
términos de lo que debe hacer para que el estudiante logre desarrollar sus
competencias.
Las
calificaciones no dicen otra cosa al padre de familia sino que su hijo está
bien o mal en el aprendizaje, pero si no tiene más información, ese padre
utilizará lo que se le ocurra de primera mano para felicitar a su hijo o lograr
que aprenda. Si los resultados de las calificaciones son satisfactorios
utilizará el estímulo y aparecerán los premios, en el caso contrario se darán
las promesas, o sale la correa, o se dan los castigos.
El
informe no siempre le da una orientación sobre lo que debe hacer o si la da, el
padre de familia no logra entender qué se le está pidiendo y cómo hacerlo.
ü LA
EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE:
Es el proceso de delinear, obtener y proveer información utilizable para juzgar
las decisiones, y alternativas que se han de tomar. Es generar un conjunto de
significaciones que puedan volver inteligibles los procesos educativos para
reajustar los procesos de enseñanza aprendizaje.
Implica
contrastar lo que se mide (el nivel de aprendizaje del estudiante) con lo que
se pretende conseguir, (criterios de evaluación: estándares), el análisis de
los resultados, (búsqueda de las posibles causas que incidieron en los
resultados) para tomar decisiones (mantener o perfeccionar las estrategias de
enseñanza y de aprendizaje, crear nuevas estrategias pedagógicas de apoyo para
lograr el aprendizaje de los más lentos o más desmotivados y/o mantener,
modificar o crear nuevas estrategias de enseñanza que posibiliten ambientes de
aprendizajes en el aula y contribuyan a despertar el interés y la motivación de
los estudiantes por el conocimiento).
ü REGISTRO
ESCOLAR DE VALORACIÓN:
El objeto es conservar en la Institución Educativa la información de identificación
personal y académica del estudiante, así como el concepto de carácter
evaluativo integral emitido periódicamente por los docentes.
ü SEGUIMIENTO: Es el conjunto de acciones
que permite sistematizar la información de los resultados alcanzados frente a
los esperados para proponer y aplicar procesos de mejoramiento que permitan
alcanzar las metas propuestas dentro de estas acciones se puede identificar las
siguientes:
Ø Revisar e implementar el
sistema de información
Ø Análisis de datos y resultados
Ø Acompañamiento a las
Instituciones para programar y ejecutar planes de mejoramiento
Ø Revisión de metas alcanzadas
ü SIE
J.R.V.B.M.
Sistema Institucional de Evaluación de la Institución Educativa José Roberto
Vásquez Barrio Manrique.
2. DIAGNÓSTICO Y CONTEXTO EDUCATIVO COMUNA 03 MANRIQUE
La Comuna
3 (Manrique), está ubicada en la zona 1 Nororiental y es un territorio
localizado en la ladera oriental de la parte urbana de la ciudad de Medellín.
Es una
zona muy dinámica, bastante reconocida como ícono de la ciudad, no solo por su
historia de violencia, sino, primordialmente, por sus tangos, por su
tradicional carrera 45, la Casa Gardeliana, el Parque Gaitán y las famosas
tangovías, entre otros.
Con
base en el Plan de Desarrollo Local, la Comuna la conforman 20 barrios y
sectores reconocidos (Decreto 346 de 2000), ellos son: Manrique Oriental,
Manrique Central, el Pomar, el Raizal, las Nieves, Versalles 1 y 2, San José la
Cima 1 y 2, Bello Oriente, María Cano, la Cruz, la Honda, San Blas, las Granjas,
la Salle, Santa Inés, Balcones del Jardín y Altos del Jardín.
El
Número de habitantes, aproximadamente, es de 175.448; 23.272 de estrato uno,
125.391 de estrato dos, 26.785 de estrato tres y 80.085 son hombres y 95.363
son mujeres.
En
cuanto a la educación, 29.201 no poseen ningún nivel educativo, 37.871 poseen
nivel de preescolar, 60.389 tienen nivel de primaria, 13.829 tienen nivel
básico, 33.641 alcanzan el nivel de bachillerato, 2.800 son normalistas, 3.611
poseen el nivel técnico, 1.700 el nivel tecnológico, 2.142 poseen nivel
universitario, 210 alcanzan la especialización y 852 no saben o no responden.
A nivel
del Núcleo existen 22 instituciones educativas y 13 centros educativos, de éstos
15 son oficiales, 8 por cobertura y 12 privados.
Oficiales,
son 15 rectores, 42 coordinadores y 737 educadores; y a nivel de cobertura y
privados son 8 rectores, 12 directoras y 259 educadores.
De los
41.146 hogares; 20.090 son propietarios, 2.203 están pagando su vivienda,
14.853 están arrendados o subarrendados, 3.275 usufructúan del espacio, 484 son
ocupantes de hecho y 240 están en la categoría de anticresis.
Esto
nos indica un hacinamiento de hogares por número de vivienda, lo cual se ve reflejado
como una demanda social constante en la exigibilidad del derecho al hábitat;
esto muestra que la comuna 3 sufre el impacto de la falta de una política clara
y precisa en materia de vivienda.
En
relación con el empleo, el 66% son trabajadores independientes, con altos
niveles de informalidad e inestabilidad laboral, los ingresos percibidos por el
66% de la población están por debajo de un salario mínimo, el 76% de las
familias sobreviven con un salario mínimo; de las cuales el 39% de la población
corresponde a mujeres cabezas de familia.
3. BIBLIOGRAFÍA
-
MEN.
“La evaluación en el aula y más allá de ella”. – Santa fe de Bogotá, 1997.
-
Secretaría
de Educación de Medellín. “Orientaciones para la definición e implementación
del Sistema Institucional de los estudiantes…”. – Medellín, 2009.
-
ROLDÁN
CORONADO, Oscar Ovidio. Contexto general para abordar el problema de la
evaluación. Contexto de la comuna 03 Manrique”. Medellín, septiembre 29 de
2009.
-
FECODE.
“Educación y Cultura”. Número 82 de 2009.
-
Decreto
1290 del 16 de abril de 2009
-
Directiva
ministerial 29 de noviembre 16 de 2010.
-
Circular 158 de noviembre de 2010.
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