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S.I.E


ACUERDO N° 5 DE 2011

 

 

Por medio de la cual se establece el Sistema Institucional de Evaluación y Promoción de los Estudiantes y se deroga el Acuerdo N° 2 del 23 de febrero de 2010.

 

El Consejo Directivo de la Institución Educativa José Roberto Vásquez Barrio Manrique y sus Sedes Baldomero Sanín Cano y Manuel Mora Vásquez), en uso de sus funciones legales, las conferidas por el Decreto 1860 de 1994, en especial las señaladas en el Decreto 1290 de 2009, en la Circular 158 de noviembre de 2010 y en Directiva Ministerial 29 de noviembre 16 de 2010,

 

                                                                CONSIDERANDO                   

 

 

  1. Que el Decreto 1290 de 2009 estableció los lineamientos generales y específicos para los procesos de evaluación y promoción de los estudiantes a partir del año 2010.
  2. Que la Directiva Ministerial 29 del 16 de noviembre de 2010 establece parámetros aclaratorios del 1290 sobre la evaluación de los aprendizajes de los estudiantes.
  3. Que la Circular 158 de noviembre de 2010 orienta y aclara sobre la evaluación y promoción de los estudiantes según el Decreto 1290.
  4. Que corresponde al Consejo Directivo adoptar el Sistema Institucional de Evaluación y Promoción de los estudiantes, de acuerdo con la estructura y requerimientos señalados, específicamente, en el Artículo 4° del Decreto 1290 de 2009.
  5. Que en el artículo 6° del mismo Decreto se plantea a cada establecimiento educativo determinar los criterios de evaluación y promoción escolar, acorde con el PEI y el modelo pedagógico respectivos.
  6. Que analizado el Acuerdo 2 del 23 de febrero del 2010 del Consejo Directivo sobre la evaluación y promoción de los estudiantes, el Consejo Académico considera que  se debe derogar, mediante  acta número  06 de 13 de julio de 2011.
  7. Que dentro de sus responsabilidades corresponde al Consejo Académico la aprobación del nuevo Sistema de Evaluación Institucional; el cual debe ser  adoptado por  el Consejo Directivo por acuerdo y acta.
  8. Que se ha cumplido con los procedimientos requeridos en el artículo 8 del 1290 para la construcción del Sistema Institucional de Evaluación y Promoción de los Estudiantes, comprometiendo a los diferentes estamentos de la Comunidad Educativa.
  9. Qué el 2010 fue un año de transición para el SIEE y realizada la revisión  y análisis de los resultados se determina  derogar el acuerdo 02 del 23 de febrero de 2010 SIEE del 2010..

 

ACUERDA

 

CAPITULO I

 

DE LA IDENTIDAD INSTITUCIONAL

 

ARTÍCULO 1. MISIÓN, VISIÓN Y POLÍTICA DE CALIDAD

 

La Institución Educativa José Roberto Vásquez Barrio Manrique, de carácter oficial, ofrece un servicio educativo en los niveles de preescolar, básica y media (académica y técnica), orientado a la formación integral de los estudiantes para el desempeño autónomo, solidario y productivo con miras al mejoramiento de la calidad de vida personal, familiar y social.

 

Para el año 2015 la Institución Educativa José Roberto Vásquez Barrio Manrique será reconocida en Medellín por su alto nivel académico, por el liderazgo de sus estudiantes y el compromiso de la comunidad en la transformación social.

 

Es política de la Institución Educativa José Roberto Vásquez Barrio Manrique garantizar la formación integral de los estudiantes, mediante el mejoramiento continuo de los procesos de calidad y la implementación de un modelo pedagógico pertinente.

 

CAPITULO II

 

DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES

 

 

ARTÍCULO 2.  CRITERIOS DE EVALUACIÓN

 

En la Institución Educativa la evaluación tendrá los siguientes componentes:

 

a.  Evaluación:

Desde el punto de vista educativo la evaluación es la acción permanente por medio de la cual se busca apreciar, estimar y emitir juicios sobre los procesos de desarrollo de los estudiantes o sobre los procesos pedagógicos o administrativos, así como sobre sus resultados, a fin de mantener la calidad educativa. La evaluación de los estudiantes se hará respondiendo a los estándares nacionales de competencias, los desempeños en cada una de las áreas y los indicadores de desempeño.

 

b.  Autoevaluación

La Autoevaluación se desarrolla a un nivel cualitativamente superior, en la que se regresa a la evaluación de cada sujeto, pero vista ahora desde una perspectiva que supera el patrón concebido inicialmente, cuando los sujetos se reconocen a sí mismos y son capaces de cuestionar dicho patrón. La autoevaluación contribuye a la formación de determinados aspectos de la personalidad del estudiante, al ser capaz de trazarse nuevas metas y alcanzar resultados superiores; y al desarrollar su capacidad de crítica, favorece su independencia y creatividad.

 

c.  Coevaluación

La Coevaluación se manifiesta centrada en la interacción entre los sujetos que participan en el proceso, entre el profesor y los estudiantes y entre los mismos estudiantes. A través de la Coevaluación se propicia la elaboración de compromisos, lo que constituye la base de la educación, pues cada sujeto se compromete con los restantes y con el proceso mismo en la negociación e intercambio de resultados, en la construcción de contenidos, estimulando la formación de valores y por tanto la educación.

Por consiguiente la evaluación será:

 

Contextual. Acorde con el PEI, el Modelo Pedagógico Institucional, el perfil socio-demográfico de la Comuna 03, el ambiente familiar y los indicadores de desempeño desde los saberes previos.

 

Integral. Se tiene presente el proceso de rendimiento en lo Cognitivo (saber, conocer); Procedimental (hacer, practicar, desarrollar habilidades y destrezas); Actitudinal (solidaridad, cooperación, convivencia). Todo con un adecuado diligenciamiento de los registros académicos.

 

Participativa. Incluyente, promocional, motivacional y democrática. Con estrategias y ejercicios de Autoevaluación y Coevaluación; procesos críticos de diálogo para captar necesidades e intereses de los estudiantes y de la comunidad educativa, en suma, con responsabilidad social.

 

Flexible. Con oportunidad para el acierto y el error, teniendo en cuenta los ritmos y estilos de aprendizaje, las diversas inteligencias, perspectivas del desarrollo humano y la madurez cerebral.

 

Continua y formativa. En forma permanente y sistemática, orientando a los estudiantes desde sus desempeños y dificultades. Implica el proceso de la acción educativa en un lapso determinado.

 

ARTÍCULO 3. COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

 

Se dará continuidad a las comisiones de evaluación y promoción por grado, cada una de las cuales estará conformada por el rector o su representante, los directores de grupo, dos padres de familia por cada grado y el docente del aula de apoyo si se requiere.

 

En nuestra institución las áreas

Básica Primaria

 

AREAS
ASIGNATURAS
PORCENTAJES
Ciencias Naturales
 
100%
Ciencias Sociales
 
100%
Educación Ética y Valores
 
100%
Educación Artística
 
100%
Educación Física
 
100%
Educación  Religiosa
 
100%
Humanidades
Lengua Castellana
80%
Lengua extranjera - ingles
20%
Matemáticas
 
100%
Tecnología
Tecnología e Informática
100%

 

Básica Secundaria

 

AREAS
ASIGNATURAS
PORCENTAJES
Ciencias Naturales
 
100%
Ciencias Sociales
 
100%
Educación Ética y Valores
 
100%
Educación Artística
 
100%
Educación Física
 
100%
Educación  Religiosa
 
100%
Humanidades
Lengua Castellana
60%
Lengua extranjera - ingles
40%
Matemáticas
 
100%
Tecnología
Tecnología e Informática
70%
Emprendimiento
30%

 

 

 

 

Media

AREAS
ASIGNATURAS
PORCENTAJES
Ciencias Naturales
Química
50%
Física
50%
Ciencias Sociales
 
100%
Educación Ética y Valores
 
100%
Educación Artística
 
100%
Educación Física
 
100%
Educación  Religiosa
 
100%
Humanidades
Lengua Castellana
60%
Lengua extranjera - ingles
40%
Matemáticas
 
100%
Tecnología
Tecnología  e informática
70%
Emprendimiento
30%
Filosofía
 
100%
Ciencias Políticas y económicas
 
100%
Áreas de las Medias técnicas
Deberán cumplir todos los requisitos del convenio SENA
 

 

La comisión de evaluación y promoción se reunirá, ordinariamente, dos veces por período, así: primero, una semana antes de finalizar cada período académico con el fin de analizar el rendimiento de los estudiantes y diagnosticar debilidades, para orientar planes de apoyo y recomendaciones que deberán seguir docentes, padres de familia, acudientes y estudiantes; y segundo, a la semana siguiente de finalización de cada periodo, donde se verifiquen los alcances de los planes de apoyo aplicados y el análisis de resultados. También se reunirá en forma extraordinaria cada vez que se requiera.

 

A la primera reunión de comisión serán reportados los estudiantes que presentarán planes de apoyo; y a la segunda quienes no realizaron los planes, o no los superaron y el porqué. Se redactará un acta donde consten los procesos realizados. Los planes de apoyo serán entregados el viernes de la penúltima semana del periodo, de manera que en la última semana los estudiantes los sustenten.

 

ARTÍCULO 4. PROMOCIÓN  DE LOS ESTUDIANTES. La promoción o no de un estudiante se hará con base en la valoración final de las áreas y no por asignaturas aisladas: Ley 115, artículo  23º y Decreto 1290, artículo 5º.

Al finalizar el año escolar serán promovidos los estudiantes que hayan alcanzado, como mínimo, un desempeño básico en todas las áreas establecidas en el plan de estudios. Esta valoración final será definida con base en el promedio total de los cuatro periodos académicos de cada estudiante, que será realizado directamente por el programa PC-Académico desde la secretaría de la Institución.

 

Los estudiantes con necesidades educativas especiales serán promovidos, siempre que estén diagnosticados por un especialista; no tendrán repitencia por ningún motivo (solicitud médica, padre de familia o Educador).

 

No es promovido (no pasa al grado siguiente) el estudiante que repruebe una (1) o más áreas de las contempladas en el plan de estudios, después de haber realizado los respectivos planes de apoyo.

La valoración de la nota en cada período sólo tendrá una décima; las valoraciones por debajo de 0,5 se aproximarán al dígito inmediatamente anterior y las valoraciones iguales o superiores a 0,5 se aproximarán al dígito inmediatamente superior. Así, un promedio de 2.95 se aproximará a 3.0 y un promedio igual o inferior a 2.94 se aproximará a 2.9.

El estudiante que al finalizar el año lectivo obtenga una nota mínima de dos con siete (2.7) en el promedio de una sola área, y el promedio total de las demás áreas es igual o superior a tres con siete (3.7), será promovido al grado siguiente, sin necesidad de presentar plan de apoyo. Este procedimiento se denomina “Ley de arrastre”.

 

Cuando se aplica la ley de arrastre, las comisiones de evaluación y promoción son las encargadas de hacer la promoción y nombrar al educador responsable de llenar la planilla para el cambio de nota.

 

El estudiante que al finalizar el año escolar obtenga desempeño bajo en el promedio de tres (3) o más áreas, no será promovido al grado siguiente, ni tendrá derecho a presentar planes de apoyo. En consecuencia, debe repetir el año.

 

El estudiante que al finalizar el año lectivo obtenga desempeño bajo en el promedio de una (1) o dos (2) áreas tendrá derecho a presentar planes de apoyo en el área o las dos áreas que perdió durante la última semana académica del respectivo año lectivo, según programación institucional, y deberá ganar los planes de apoyo presentados para ser promovido al grado siguiente. Si presenta plan de apoyo en un área y no lo aprueba, no es promovido; igualmente, si presenta plan de apoyo en dos áreas deberá ganar las dos áreas para ser promovido.

 

Los planes de apoyo consistirán en una prueba única sobre las competencias y logros desarrollados durante todo el año, con base en talleres que el respectivo docente entregará al estudiante y acudiente.

 

Estas opciones representan las alternativas previstas a nivel institucional para superar las dificultades académicas de los estudiantes que no alcanzan, mínimamente, el desempeño básico. De persistir el desempeño bajo se aplicará la alternativa prevista en el Decreto 1290 sobre promoción anticipada para estudiantes repitentes y con talentos excepcionales.

 

Parágrafo 1:

Para que se pueda realizar la promoción anticipada de los estudiantes repitentes, es requisito que éstos obtengan como mínimo un desempeño básico en todas las áreas del plan de estudios del respectivo grado. Habiendo aprobado el plan de apoyo de las competencias básicas de áreas que reprobó y ocasionó su pérdida de año.

 

Para el grado noveno la promoción anticipada se realizará en la segunda semana de inicio de labores académicas, con el fin de favorecer a los estudiantes que al pasar al grado 10° tienen que cursar áreas nuevas como Filosofía, Física, Química, Ciencias Políticas y Económicas, y así puedan iniciarlas desde el primer período, el plan de apoyo a realizar debe recoger las competencias básicas del grado. Con este proceso culmina la promoción anticipada de grado noveno.

Parágrafo 2:

Durante el primer período del año escolar el Consejo Académico, previo consentimiento de los padres de familia, recomendará ante el Consejo Directivo la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante que demuestre un desempeño superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa. La decisión será consignada en acta del Consejo Directivo y, si es positiva, en el registro escolar.  Artículo 7 Decreto 1290 de 2009.

Esta reglamentación sobre promoción anticipada rige para los estudiantes del grado 11° a partir del año lectivo 2011, con las mismas garantías que poseen al respecto los estudiantes de toda la institución.

 

Parágrafo 3:

Los estudiantes que lleguen de otra institución durante cualquier periodo escolar y tengan áreas pendientes (con desempeño bajo) se acogerán a lo estipulado en este Acuerdo.

 

Parágrafo 4:

Para el estudiante nuevo que ingrese a la institución al inicio del año y traiga áreas con desempeño bajo, pero que no obstante ha sido promovido, se respetará la decisión de la institución de donde viene. Pero si un estudiante viene a repetir el grado, tendrá la posibilidad de ser promovido anticipadamente si cumple con lo estipulado en el presente artículo y sus parágrafos.

 

Parágrafo 5:

Para optar al título de bachiller, ya sea académico o técnico, y graduarse en la ceremonia institucional, el estudiante del grado once debe cumplir con todos los requisitos de ley. Quien no cumpla con al menos uno de ellos se graduará al año inmediatamente siguiente y por ventanilla, después de haber cumplido con los requisitos faltantes. Igual si persiste la perdida no aprobará el grado.

 

Parágrafo 6:

Los estudiantes del grado undécimo tienen la oportunidad en enero de realizar planes de apoyo, si se diera nuevamente la pérdida, podrán realizar periodo a periodo la presentación de planes hasta la superación de esta (prueba única). Este proceso tendrá lugar exclusivamente el año lectivo siguiente al cursado, y sólo para los que cursaron el grado undécimo durante el año 2012. A partir de esta fecha el estudiante del grado once se regirá por las disposiciones contempladas para los demás estudiantes.

 

El estudiante de la Media Técnica que pierda la Práctica Comercial debe repetirla al año siguiente. Ésta no es habilitable y tiene que alcanzar una valoración mínima de 3.5 y realizar curso de inglés virtual (reglamento del  Sena).

 

Requisitos para optar al título de bachiller:

1     Haber cursado y aprobado los 6 años de educación Básica y Media.

2     Haber acreditado el Servicio Social del Estudiantado.

3     Para graduarse en la media técnica debe haber cumplido y aprobado todos los requisitos del convenio SENA- SEDUCA.

4     Haber realizado las 50 horas de la Constitución Política de Colombia.

Parágrafo 7:

Todos los estudiantes de Preescolar se evalúan y promueven de conformidad con el Artículo 10 del Decreto 2247 de 1997, sobre Educación Preescolar, pero aquellos cuya inasistencia supere el 20% no serán promovidos.

 

 

Parágrafo 8:

Los estudiantes con discapacidades y necesidades educativas especiales deben ser evaluados con miras a definir su promoción, teniendo en cuenta su carácter excepcional, con parámetros especiales que obedezcan a sus posibilidades objetivas de desempeño.

 

Parágrafo 9:

El porcentaje de promoción que será igual o mayor al 90%  de la totalidad de los estudiantes será definido al siguiente año en el primer periodo, despues de haber realizado planes de apoyo.

 

 

ARTÍCULO 5. PROMOCIÓN ANTICIPADA DE GRADO

 

Los estudiantes con talentos excepcionales que deseen ser promovidos anticipadamente, deberán demostrar un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social, en el marco de las competencias básicas en las áreas del grado que cursa.

Durante el primer periodo, previo consentimiento del padre de familia, el docente director de grupo  recomendará la promoción anticipada del estudiante que demuestre un desempeño superior, y la decisión quedará consignada en actas del Consejo Directivo, Consejo Académico y registro escolar

Parágrafo 1:

La solicitud de promoción anticipada podrá ser presentada por escrito ante la comisión de evaluación y promoción  por el director de grupo y el padre de familia. La  comisión de evaluación y promoción analizará la solicitud fundamentada en el desempeño excepcional del estudiante y recomendará al Consejo Académico su  promoción anticipada, el plan de apoyo a realizar debe recoger las competencias básicas del grado.

 

.

ARTÍCULO 6. PERIODOS ACADÉMICOS

El año escolar está comprendido por 4 periodos académicos con la siguiente distribución:

                        PERIODO 1:   10  SEMANAS

                        PERIODO 2:     9   SEMANAS

                        PERIODO 3:     9   SEMANAS

                        PERIODO 4:   12   SEMANAS

 

Parágrafo 1:

 

Es obligación del educador realizar durante el desarrollo de los procesos académicos en todos los periodos, actividades de apoyo relacionadas con las estrategias metodológicas implementadas en clase.

 

En la penúltima semana de cada periodo, el educador debe enviar el reporte a la comisión de evaluación de los estudiantes que presentan dificultades en el área, con planes de apoyo que correspondan a los desempeños que deben alcanzar.

 

Para lo anterior se tendrá en cuenta que los planes de apoyo constituyen actividades diferentes que se programan para subsanar los desempeños bajos, presentado durante el periodo académico, que en nuestro SIE serán desarrolladas en la última semana del periodo.

 

 

PERIODO
DURACION
PRUEBA ACUMULATIVA
DEFINITIVA
PLAN DE APOYO
PLAN DE APOYO FINAL
1
10
8
9
10
 
2
9
7
8
9
 
3
9
7
8
9
 
4
12
8
9
10
11- 12

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 7. ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL

 

La escala de valoración de los desempeños de los estudiantes en nuestro Sistema Institucional de Evaluación, en correspondencia con la escala nacional definida en el Decreto 1290 de 2009, está determinada así:

                                              

*      Desempeño superior:                      4.8  a  5.0   

*      Desempeño alto:                    4.0  a  4.79          

*      Desempeño básico:              3.0  a  3.99        

*      Desempeño bajo:                   1.0  a  2.99  

NOTA: La valoración CERO se aplicará al estudiante que no asiste a clase o no presenta actividades (para notas parciales). Y si no presenta excusa válida.    

 

Parágrafo 1:

Para aquellos estudiantes que ingresan nuevos a la institución  en cualquier periodo del año, se les solicitará que los respectivos certificados de notas vengan con los equivalentes numérico, los cuales se respetaran, pero si por algún motivo solo se presentan en términos de superior, alto, básico o bajo, se homologará aplicando la ley de favorabilidad del menor,  con el número superior de cada escala ejemplo: si el estudiante llega con básico se le coloca la nota numérica de 3.9

 

ARTÍCULO 8. DISTRIBUCIÓN PORCENTUAL DE LAS ACCCIONES EVALUATIVAS

 

Durante cada período, las actividades evaluativas realizadas tendrán la siguiente distribución porcentual:

 

Seguimiento (trabajos en equipo, actividades individuales, evaluaciones parciales, salidas al tablero, investigaciones, entre otros): 70 %

Evaluaciones acumulativas: 20 %

Autoevaluación: 5%

Coevaluación (disposición y actitud del estudiante en el aula, diálogo entre dos): 5%

 

ARTÍCULO 9. DEFINICIÓN CONCEPTUAL DE CADA JUICIO VALORATIVO


 

DESEMPEÑO SUPERIOR: Se le asigna al estudiante cuando alcanza desempeños óptimos en el área, respondiendo de manera apropiada con todos los procesos que le permiten enriquecer su aprendizaje,  alcanza los estándares y competencias y supera los objetivos y las metas de calidad previstos en el PEI.

 

Se puede considerar con un Desempeño Superior al estudiante que reúna, entre otras,  las siguientes  características:

 

1.    Es creativo, innovador  en la presentación de los trabajos académicos.

2.    Cumple con eficiencia y responsabilidad las tareas y trabajos de área.

3.    Es analítico y critico en sus cuestionamientos.

4.    Es constante en asistencia y puntualidad, presentando causas justificadass  a sus ausencias en gran medida.

5.    Demuestra actitud positiva frente a los procesos cognitivos, sociales y de convivencia.

6.    Desarrolla actividades curriculares que exceden las exigencias esperadas.

7.    Consulta diversas fuentes de manera que enriquece las temáticas vistas en clase.

8.    Manifiesta un elevado sentido de pertenencia institucional proyectando una buena imagen de la institución donde quiera que la represente.

9.    Participa activamente en el desempeño y desarrollo de las diferentes actividades en el aula y en la institución.

10. Presenta actitudes proactivas de liderazgo y gran capacidad de trabajo en equipo.

 

DESEMPEÑO ALTO: Se asigna al estudiante que alcanza la totalidad de los indicadores de desempeño previstos en cada área, demostrando un desarrollo satisfactorio en cada uno de los aspectos de la formación

Se puede considerar desempeño alto cuando el estudiante reúna, entre otras, las siguientes  características:

1.    Maneja y argumenta los conceptos aprendidos en clase.

2.    El trabajo en el aula es constante y aporta a la construcción de grupo.

3.    Es constante en asistencia y puntualidad, presentando excusas justificadas a sus ausencias.

4.    Presenta los trabajos oportunamente.

5.    Manifiesta un elevado sentido de pertenencia institucional proyectando una buena imagen de la institución donde quiera que la represente.

6.    Desarrolla actividades curriculares específicas.

7.    Su trabajo en equipo es efectivo y proactivo capacidad de trabajo en equipo.

DESEMPEÑO BÁSICO: Se le asigna al estudiante que logra lo mínimo en los procesos de formación y puede continuar avanzando en el proceso, con la  necesidad de fortalecer su trabajo para que alcanzar mayores niveles de desempeño.

Se puede considerar desempeño básico cuando el estudiante reúna, entre otras, las siguientes características:

1.    Sólo alcanza los niveles de desempeño mínimos.

2.    Tiene faltas de asistencia justificadas, pero que limitan su proceso de aprendizaje.

3.    Es relativamente creativo y su sentido analítico no se evidencia en sus acciones.

4.    Presenta sus trabajos en el límite del tiempo y la oportunidad de hacerlo.

5.    Su actitud frente a los procesos cognitivos, sociales y de convivencia presenta altibajos.

6.    Manifiesta sentido de pertenencia institucional con poca proyección de una buena imagen de la institución donde quiera que la represente.

7.    Utiliza estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones pedagógicas pendientes.

8.    Su  capacidad de trabajo en equipo es limitada.

9.    Los aportes en clase poco ayudan a  aclarar los conceptos vistos.

10. Desarrolla el mínimo de actividades curriculares requeridas.

 

DESEMPEÑO BAJO: Se asigna al estudiante que no supera los desempeños necesarios previstos en las Áreas, teniendo limitaciones en los procesos de formación, por lo que su desempeño no alcanza los objetivos y las metas de calidad previstos en el PEI.

Se puede considerar desempeño bajo cuando el estudiante reúna, entre otras, las siguientes características:

1.    No alcanza los logros mínimos en las Áreas y requiere de un plan de apoyo.

2.    No alcanza los logros mínimos en las Áreas aún después de presentar el plan de apoyo y  persiste en las dificultades.

3.    Presenta faltas de asistencia injustificadas que afectan significativamente su proceso de aprendizaje.

4.    Su actitud frente a los procesos cognitivos, sociales y de convivencia presentan dificultades que afectan el normal desarrollo de las actividades escolares.

5.    Incumple constantemente con las tareas y trabajos que promueve el área.

6.    No desarrolla el mínimo de actividades curriculares requeridas.

7.    No manifiesta un sentido de pertenencia a la institución.

8.    Presenta dificultades en el desarrollo de trabajos en equipo.

9.    Presenta desmotivación desinterés y apatía por las actividades escolares.

10. El ritmo de trabajo es inconstante, lo que dificulta su desempeño.

 

ARTÍCULO 10. ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR.

 

Las acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes durante el año escolar serán:

 

1.    Hacer una reunión en cada período por áreas para evaluar debilidades y fortalezas y así establecer nuevos  planes de apoyo.

 

2.    Retomar las actividades complementarias y solicitar acompañamiento de los padres de familia o acudientes.

 

3.    Coadyuvar en la evaluación formativa de manera permanente, a través de: Autoevaluación, Coevaluación.

 

4.    Recurrir a las aulas de apoyo, de aceleración del aprendizaje, procesos básicos y de apoyo externo como psicología, UAI, entre otros.

 

5.    Diligenciar  el formato donde se comprometa el docente, el estudiante y el padre de familia o acudiente en las actividades y  planes  de apoyo.

 

6.    Cumplir con las fechas dadas por la Institución la realización del Plan de Apoyo.

 

ARTÍCULO 11. PROCESOS DE AUTOEVALUACIÓN Y COEVALAUCIÓN DE LOS ESTUDIANTES

 

Los procesos de autoevaluación y Coevaluación de los estudiantes serán:

 

En todas las Áreas, y para cada periodo académico, se favorecerán la autoevaluación y Coevaluación de los estudiantes con una intención formativa para la toma de conciencia del proceso de aprendizaje y que le ayude al estudiante a identificar sus dificultades y avances en su desempeño.

 

Dentro de todas las actividades evaluativas que realice el docente con el estudiante la autoevaluación y Coevaluación generarán una nota valorativa que se computará con las anteriores para definir la valoración final del período.

 

ARTÍCULO 12. ESTRATEGIAS DE APOYO

 

Las estrategias de apoyo necesarias para resolver situaciones pedagógicas pendientes de los estudiantes serán:

 

1.    Banco de talleres que complemente las actividades de clase.

 

2.    Acompañamiento al proceso evaluativo con acudiente, director o directora de grupo y coordinación.

 

3.    Organizar grupos de apoyo entre compañeros de clase.

 

4.    Hacer usos de las TIC en todas las áreas.

 

5.    Seguimiento al Plan de apoyo de cada área.

 

6.    Crear incentivos para los estudiantes que obtengan un Desempeño Superior (Pruebas Nacionales e Internacionales), y estudiantes con talentos excepcionales a nivel cognitivo, artístico, cultural, deportivo o similar.

 

7.    Planear jornadas especiales con estudiantes que presentan desempeños bajos.

 

8.    Suministrar al estudiante la información clara y precisa del qué, cómo y cuándo va a ser evaluado y los resultados de sus evaluaciones oportunamente.

 

9.    Información oportuna del desempeño académico de los estudiantes (citación a padres de familia con registro de asistencia como evidencias)

 

ARTÍCULO 13. ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES CUMPLAN CON LOS PROCESOS EVALUATIVOS ESTIPULADOS EN EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN

 

Las acciones para garantizar que los directivos docentes y docentes de la Institución Educativa cumplan con los procesos educativos estipulados en el SIE serán:

 

DIRECTIVOS DOCENTES:

 

1.    Garantizar la articulación entre modelo pedagógico, plan de estudios, planeación institucional y procesos de evaluación.

 

2.    Hacer retroalimentación a las planeaciones y proyectos institucionales.

 

3.    Hacer los ajustes presupuestales necesarios para todo lo que implica el SIE.

 

DOCENTES:

 

1.    Ejecutar la articulación entre el modelo pedagógico, el plan de estudios, planeación institucional y procesos de evaluación.

 

2.    Asumir la evaluación como un proceso integral que requiere seguimiento permanente.

 

3.    Definir con anterioridad al inicio del año, los alcances esperados, y al iniciar cada período cuáles serán los criterios y parámetros de evaluación.

 

4.    Posibilitar la participación del estudiante en la definición de los parámetros de evaluación: criterios, procedimientos e instrumentos.

 

5.    Contemplar la evaluación como un proceso que incluye: autoevaluación  y  Coevaluación de los y las estudiantes como parte del proceso general de evaluación.

 

ACCIONES GENERALES:

 

1.    Incorporar el SIE al PEI y Manual de Convivencia.

2.    Crear mecanismos de comunicación y socialización del SIE para la comunidad educativa.

3.    Establecer instancias del SIE, especificando integrantes, roles, funciones y momentos de encuentro.

4.    Definir planes de trabajo concretando cronograma.

5.    Realizar capacitaciones del SIE con diferentes instancias.

6.    Establecer instrumentos de registro, seguimiento y difusión de resultados.

7.    Ajustar y trabajar en los planes de mejoramiento institucional.

 

ARTÍCULO 14. PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES DE FAMILIA

 

Los informes periódicos académicos deben ser claros, comprensibles y brindar información integral del avance de la formación en cada una de las áreas, incluyendo información detallada de las fortalezas y debilidades que haya presentado el estudiante en cada área desde los indicadores de desempeño. El boletín escolar debe establecer las recomendaciones y las actividades de apoyo para la superación de las debilidades presentadas, teniendo en cuenta los indicadores de desempeño, la escala de valoración nacional e institucional.

 

La periodicidad de entrega de informes a los padres de familia será:

 

1.    En cumplimiento del artículo 11, numerales 4 y 6 del Decreto 1290/09, la Institución Educativa establecerá la entrega de Informes a padres de familia o acudientes en cada periodo académico acorde a la resolución del calendario académico.  En el cuarto informe se le adiciona la valoración final de cada área, mediante la escala enunciada y se define la promoción.

 

2.    Habrá informes parciales verbales,  para los que presenten Desempeño Bajo, con citación a estudiante y padre de familia o acudiente, cada que se requiera ejemplo: planes de apoyo y otros).

 

3.    Las entregas  de informes periódicos se desarrollarán durante toda la jornada académica con metodología tipo entrevista y con asistencia del estudiante.

 

ARTÍCULO 15. ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE LOS ESTUDIANTES

 

La estructura de los informes de los estudiantes para que sean claros, comprensibles y den información integral del avance en la formación será:

 

1.    Una breve descripción explicativa en lenguaje claro y comprensible para la comunidad educativa, con la escala valorativa institucional y nacional sobre las fortalezas y dificultades que tuvieron los estudiantes en sus desempeños.

 

2.    La redacción de los indicadores debe ser en cada área (por los docentes), en forma sustantivada y corresponderá a las competencias que se están trabajando en el periodo, de acuerdo a las mallas curriculares y a los parámetros entregados por el sistema de calificaciones.

 

ARTÍCULO 16. ESTIMULOS

 

Con el fin de incentivar el buen desempeño de los estudiantes y brindar incentivos a quienes se esfuerzan por mejores resultados se establecen los siguientes estímulos:

1.    En el reporte de finalización de periodo (FGA-07 (FORMATO DE CONSOLIDADO  DE FINALIZACIÓN DE PERIODO)) se hará mención de los dos primeros puestos académicos de cada grupo y se exaltará este logro en una reunión de comunidad.

 

2.    Los estudiantes que participen responsablemente en pruebas externas como: Olimpiadas del conocimiento, simulacros, pruebas Saber, (Pre ICFES) simulacros, entre otros, podrán ser eximidos de la prueba acumulativa en las respectivas áreas involucradas, con una calificación de cinco en dicha prueba.

 

3.    El estudiante que obtenga puntaje igual o superior a cincuenta (50) en cualquier área de las pruebas del Saber 11º (ICFES), se hará acreedor a que en el cuarto periodo académico el área en la cual obtuvo dicho puntaje se le valore con la nota máxima (5), siempre y cuando desarrolle los procesos evaluativos asignados en dicho período.

 

4.    Los estudiantes que se destaquen por su buen rendimiento académico serán privilegiados para representar a la Institución y al grupo en los diferentes eventos, actividades y convocatorias externas e internas.

 

5.    Cuando los estudiantes de undécimo no vengan a clase los sábados ni se presenten  al PREICFES por estar en representación de la institución (Eafit, Olimpiadas, capacitaciones (Preicfes) no se les colocara falla ni mala nota, siempre y cuando tenga carta de este lugar.

 

6.    Aquellos estudiantes que se encuentren entre los primeros 50 puestos en el SABER- ICFES, se le reconocerá una nota de 5.0 que será promediada con la nota definitiva del cuarto periodo.

CAPITULO III

 

INSTANCIAS PARA LAS RECLAMACIONES Y VIGENCIA

 

ARTÍCULO 17. INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCION Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

 

Las instancias, procedimientos y mecanismos de atención y resolución de reclamaciones de padres de familia y estudiantes sobre evaluación y promoción son las siguientes:

 

Luego de elaborar la evaluación o el trabajo, el docente cuenta con un plazo máximo de cinco (5) días hábiles para hacer la devolución a los estudiantes. Una vez entregado el resultado evaluativo, el estudiante podrá hacer reclamaciones respetuosas del trabajo o evaluación en la siguiente escala del conducto regular:

 

1.    Reclamación verbal y respetuosa al Docente (1 día hábil para responder la inquietud del estudiante).

2.    Reclamación escrita al docente, con copia a la Coordinación. (2 días hábiles para responder por escrito).

3.    Reclamación del estudiante y/o acudiente por escrito a la Comisión de Evaluación y Promoción del Grado respectivo  (3 días hábiles para responder por escrito).

4.    Reclamación por escrito al Consejo Académico (5 días hábiles para dar solución).

5.    Reclamación por escrito al  Consejo Directivo (10 días hábiles para solución).

 

Parágrafo:

Los estudiantes tienen 3 días hábiles para presentar reclamo a partir de recibido la nota o resultado evaluativo.

 

Parágrafo:

Ante cualquiera de las instancias anteriores proceden los recursos establecidos por la Ley (reposición, apelación) y otros.

 

ARTÍCULO 18. El presente Acuerdo requiere, para su validez, la adopción del Consejo Directivo de la Institución Educativa.

 

ARTÍCULO 19. VIGENCIA

 

El presente acuerdo rige a partir del año lectivo 2011, y fue aprobado por el Consejo Directivo, según consta en Acta No. …  del        del año 2011 y deroga las normas que le sean contrarias, en especial el Acuerdo N° 2 del 23 de febrero de 2010.

 

 

 

 

CONSUELO GIRALDO ARROYAVE             ANGELA MARIATOBON VALDERRAMA

Presidente                                                            Rep. Educadores

 

 

 

 

URIEL MANUEL USUGA GUISAO                    MARIA ALEJANDRA  SANCHEZ

Rep. Educadores                                                    Rep. De los Estudiantes

 

 

 

 

KAROL YENNY GIL                                         LUZ DARY LOAIZA FERNANDEZ

Rep. Padres de Familia                                                     Rep. Padres de Familia

 

 

 

MARÍA ALEJANDRA LEMA                                            ADRIANA MARÍA SÁNCHEZ

Representante Ex alumnos                                    Rep. Sector Productivo

 

 

 

 

ANEXOS

 

Se anexan los siguientes componentes: GLOSARIO DE TERMINOS, DIAGNÓSTICO Y CONTEXTO EDUCATIVO y BIBLIOGRAFÍA.

 

 

1.    GLOSARIO DE TÉRMINOS

 

ü  ACOMPAÑAMIENTO: Se entiende como la coordinación de un conjunto de acciones con una persona o grupo de personas, destinadas a motivar, clarificar, guiar, precisar, corregir, justificar, enseñar y asesorar para hacer posible el logro de determinados propósitos.

 

ü  ADAPTACIÓN CURRICULAR: Conjunto  de acciones dirigidas a adecuar el currículo a las necesidades de un estudiante o grupo determinado.

 

ü  AUTOEVALUACIÓN: Cada sujeto evalúa sus propias acciones, es decir, dado que todos los agentes educativos pueden y deben valorar su desempeño, el educando también puede y debe hacerlo.

 

La autoevaluación es un proceso de evaluación desarrollado por la propia persona a evaluarse. En sí misma es un requerimiento esencial de cara a la educación para la vida.

 

ü  COEVALUACIÓN: Es la evaluación mutua que se hacen los integrantes de un grupo, para determinar desempeños y avances y programas actividades.

 

ü  CONTEXTO: Es el conjunto de circunstancias, factores o actuaciones que rodean y pueden afectar el funcionamiento de una institución u organización a sus programas o proyectos.

 

Ø  CRITERIO: Un criterio es una condición/regla que permite realizar una elección, lo que implica que sobre un criterio se pueda basar una decisión o un juicio de valor. (Wikipedia).

 

Norma, regla o pauta para conocer la verdad o falsedad de una cosa. Dar reglas o procedimientos para realizar una acción

 

Ø  CRITERIO DE EVALUACIÓN: Se entiende como "una característica o propiedad de un sujeto u objeto, de acuerdo con el cual formulamos sobre él un juicio de apreciación". (G. De Landsheere). Esto significa que un criterio nos permite referirnos a una acción o comportamiento, comparativamente en relación a otro, que enuncia las reglas del primero y autoriza su evaluación.

 

Los criterios de evaluación son los que responden a la pregunta: ¿qué evaluar?

Es lo que el docente espera que su estudiante conozca y sepa hacer al finalizar un proceso de enseñanza y aprendizaje.

Se puede definir como un estándar establecido previamente en función de lo que razonablemente se puede esperar del alumno. El criterio debe incluir los siguientes elementos:

 

Ø  El rendimiento del educando en función de sus posibilidades.

 

Ø  Progreso, entendido como la relación entre el rendimiento actual y rendimiento anterior.

 

Ø  Norma, límite o meta exigida, entendida como el mínimo que se debe exigir al alumno.

 

Además de de los estándares se requiere establecer los indicadores que posibiliten al docente y al estudiante identificar con claridad el nivel de alcance del saber y saber hacer propuesto en el estándar, para dar claridad y objetividad al proceso de autoevaluación y coevaluación.

 

ü  CRITERIOS DE PROMOCIÓN: La promoción es el reconocimiento que se le hace a un estudiante porque ha desarrollado adecuadamente una fase de su formación y ha demostrado que reúne las competencias necesarias para que avance al grado siguiente, según los criterios que previamente estableció la institución educativa.

 

En el caso de la promoción anticipada al grado superior se hace al finalizar el primer período académico, cumpliéndose con el criterio y procedimiento establecido en el artículo 7 del Decreto 1290.

 

Los criterios de promoción son indicadores previamente incorporados al PEI, utilizados para valorar el grado de madurez alcanzado por el estudiante y las posibilidades que tiene de continuar sus estudios con éxito.

 

Un criterio de promoción puede estar determinado no por el número de áreas en el desarrollo básico de competencias en cada una, sino por los niveles de competencias del estudiante mirado en su conjunto, según la secuenciación de los estándares necesarios de un grado a otro, cuando a juicio del equipo de docentes del grado son indispensables para que el estudiante pueda continuar progresando en su aprendizaje sin dificultades.

 

Por tanto, no es el número de áreas con bajos desempeños los que determinen la promoción o no, sino los niveles básicos de competencias que se requieren para que el estudiante tenga las posibilidades de continuar sus estudios con éxito. Los criterios estarán predeterminados y serán los docentes del grupo los que analicen y determinen la promoción de los estudiantes.

 

Otro criterio puede referirse al desarrollo de las competencias básicas en el ser, el saber, el saber hacer y saber convivir esperado en cada una de las áreas, por su carácter común al conjunto de áreas, o por su relevancia y significación en relación con un área en particular o con un determinado grupo de ellas.

 

ü  DESARROLLO INTEGRAL DE LOS ESTUDIANTES: Es un proceso de perfeccionamiento que consiste en la realización de la condición humana del educando en todas sus dimensiones, no sólo para obtener mayor bienestar, sino a que se haga más humano mediante mejoramientos progresivos. Debe atender, en consecuencia, a los aspectos biológico, afectivo, educacional, espiritual, cultural, ético, residencial, económico, técnico y cívico-comunitario.

 

ü  DESEMPEÑO: Es la aplicación de los conocimientos, actitudes, hábitos y habilidades en la esfera práctica, en la solución de cierta clase de problemas y situaciones. En este nivel se manifiestan con más fuerza algunos de los procesos del pensamiento como son la clasificación, la comparación y la concreción.

 

Se refiere al hecho de llevar a la acción como producto final de aplicación lo aprendido por el estudiante, ya sea mediante hechos en la vida real, mediante laboratorios o simulaciones. Lo importante es que el estudiante en esta etapa aplica los conocimientos adquiridos.

 

ü  DESEMPEÑOS ALTOS Y SUPERIORES: Si los estándares nacionales presentan los desempeños básicos que los estudiantes demuestran en el desarrollo de sus competencias. Las instituciones educativas a través de los profesores de cada una de las áreas deberán determinar los criterios para definir que el ser, el saber y saber hacer y el convivir de un estudiante han alcanzado los desempeños altos o desempeños superiores, teniendo en cuenta que estos últimos posibilitan que el estudiante sea promovido anticipadamente al siguiente grado.

 

ü  EDUCACIÓN: La educación es el proceso global, permanente e integral que abarca toda la vida y todas las potencialidades del ser humano en sus aspectos físicos, racionales, artísticos y emotivos, cuyo propósito es lograr que los individuos aprendan a ser, aprendan a aprender, aprendan a evaluarse y aprendan a convivir y comunicarse. Es decir, es un proceso social y cultural que abarca la totalidad del hombre y la totalidad de los hombres.

 

ü  ESTÁNDARES: Son el punto de referencia de lo que un alumno puede estar en capacidad de ser, saber, saber hacer y convivir, según el área y el nivel. Sirven de guía para que en todos los colegios urbanos o rurales, privados o públicos del país, se ofrezca la misma calidad de educación.

 

Los estándares son importantes porque:

 

Ø  Permiten a los estudiantes, profesores, padres de familia y a la sociedad conocer claramente qué es lo que se espera que los estudiantes aprendan en la escuela.

 

Ø  Sirven para orientar las reformas de las pruebas que se aplican a los estudiantes, de los textos de estudios, del currículum y de la formación y capacitación de los educadores.

 

Ø  Cumplen una función coordinadora de las diferentes áreas del sistema educativo, pues logran que los variados elementos del sistema se centren en la misma meta: ayudar a que los estudiantes logren los estándares.

 

Ø  Son necesarios para ofrecer igualdad de oportunidades, pues en su establecimiento está implícito el principio de que todos los estudiantes deben contar con las mismas oportunidades de aprender.

 

Se señalan tres propósitos fundamentales de la medición basada en estándares:

 

Ø  Contribuir a comunicar las competencias que se esperan sean desarrolladas en las escuelas por los docentes y los estudiantes.

 

Ø  Concretizar las metas para orientar los procesos de enseñanza y aprendizaje

 

Ø  Centrar el esfuerzo de los educadores y los estudiantes en las metas de desempeño específicas.

 

Ø  ESTRATEGIAS: Conjunto de acciones que hay que realizar, flexibles o susceptibles a ser ajustadas de acuerdo con diferentes contextos o circunstancias. Se usa de una manera consciente o intencional.

 

Se diferencia de la técnica en que ésta es la sucesión de pasos o acciones de manera secuencial y rígida que hay que realizar y que conlleva a un buen resultado.

 

ü  ESTRATEGIAS PEDAGÓGICAS: Conjunto de acciones que tienen como propósito lograr uno o más objetivos de aprendizaje, a través de la utilización de diferentes métodos y/o recursos.

 

Ø  Estrategias de aprendizaje: Consiste en un procedimiento o conjunto de pasos o habilidades que un estudiante adquiere y emplea de forma intencional como instrumento flexible para aprender significativamente y solucionar problemas y demandas académicas.

 

Ø  Estrategias de enseñanza: Son todos aquellos procedimientos o recursos utilizados por quien enseña para promover aprendizajes significativos.

 

ü  ESTRATEGIAS DE APOYO: Representan un camino alternativo de la enseñanza regular, a través del cual los estudiantes con problemas de aprendizaje pueden alcanzar los logros y desempeños previstos en un tiempo determinado para el área o un grupo de áreas, mediante la modificación de las actividades de enseñanza programadas con carácter general, o de adaptaciones curriculares o modificación de los criterios de evaluación, para que se adapten, de forma particular, al modo en que cada educando o un pequeño grupo de estudiantes aprende.

 

ü  ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS: Constituyen el camino que una institución establece desde un área o un conjunto de áreas para que los estudiantes de un grupo o grado demuestren desde sus dimensiones personales, sociales y cognitivas que han desarrollado las competencias necesarias para los desempeños propuestos. “Se fundamenta en el supuesto de que existe un espectro mucho más amplio de desempeños que el estudiante puede mostrar y que se diferencian del conocimiento limitado que se evidencia con un examen estandarizado de respuestas cortas. Este visión más amplia debería incluir situaciones de aprendizaje de la vida real y problemas significativos de naturaleza compleja, que no se solucionan con respuestas sencillas seleccionadas de un menú de escogencia múltiple”.

 

ü  EVALUACIÓN: Acción permanente por medio de la cual se busca apreciar, estimar y emitir juicios sobre los procesos de desarrollo del estudiante o sobre los procesos pedagógicos. También puede ser utilizada como herramienta para promover, estimular o facilitar la adquisición de conocimientos.

 

ü  EVALUACIÓN EDUCATIVA: Proceso sistemático y planificado que nos permite identificar y verificar los conocimientos, habilidades y desempeños de un estudiante que avanza en un proceso de aprendizaje.

 

ü  EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN: Que la evaluación concluya con una calificación no quiere decir que ambos términos sean una misma cosa. La evaluación consiste en recoger información, analizarla y valorarla, comparar las conclusiones de ese análisis con la meta a la que se pretendía llegar, y pronunciarse sobre el grado de consecución de esa meta. Calificar es expresar mediante un código establecido de antemano la conclusión a la que se llega tras ese proceso de evaluación.

 

ü  INDICADORES DE DESEMPEÑO: Son indicios, señales, rasgos, datos e informaciones perceptibles que permiten confirmar logros de aprendizaje propuestos en relación a las intensiones de enseñanza, y que al ser confrontados con lo esperado pueden considerarse como evidencias significativas del aprendizaje.

 

ü  INFORME DESCRIPTIVO – EXPLICATIVO: Es la síntesis de los resultados de la evaluación. Tiene como objetivo suministrar información escrita periódica a los padres de familia y a los estudiantes, entre otros, sobre los desempeños obtenidos por los educandos, las fortalezas y dificultades, los aspectos más destacables de su personalidad y los que requieren una mayor atención.

 

ü  LA ESTRUCTURA DE LOS INFORMES ACADÉMICOS: Será el producto de la coincidencia entre el propósito de la evaluación en el proceso del año lectivo con el del informe periódico al padre de familia sobre los resultados parciales del aprendizaje de sus hijos.

 

Se evalúa en el proceso para identificar las debilidades que el estudiante presenta en el aprendizaje o las deficiencias en el proceso de enseñanza para aplicar estrategias de mejoramiento y se pretende que el padre de familia se entere de los resultados no en términos de calificación únicamente sino en términos de lo que debe hacer para que el estudiante logre desarrollar sus competencias.

 

Las calificaciones no dicen otra cosa al padre de familia sino que su hijo está bien o mal en el aprendizaje, pero si no tiene más información, ese padre utilizará lo que se le ocurra de primera mano para felicitar a su hijo o lograr que aprenda. Si los resultados de las calificaciones son satisfactorios utilizará el estímulo y aparecerán los premios, en el caso contrario se darán las promesas, o sale la correa, o se dan los castigos.

 

El informe no siempre le da una orientación sobre lo que debe hacer o si la da, el padre de familia no logra entender qué se le está pidiendo y cómo hacerlo.

 

ü  LA EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE: Es el proceso de delinear, obtener y proveer información utilizable para juzgar las decisiones, y alternativas que se han de tomar. Es generar un conjunto de significaciones que puedan volver inteligibles los procesos educativos para reajustar los procesos de enseñanza aprendizaje.

 

Implica contrastar lo que se mide (el nivel de aprendizaje del estudiante) con lo que se pretende conseguir, (criterios de evaluación: estándares), el análisis de los resultados, (búsqueda de las posibles causas que incidieron en los resultados) para tomar decisiones (mantener o perfeccionar las estrategias de enseñanza y de aprendizaje, crear nuevas estrategias pedagógicas de apoyo para lograr el aprendizaje de los más lentos o más desmotivados y/o mantener, modificar o crear nuevas estrategias de enseñanza que posibiliten ambientes de aprendizajes en el aula y contribuyan a despertar el interés y la motivación de los estudiantes por el conocimiento).

 

ü  REGISTRO ESCOLAR DE VALORACIÓN: El objeto es conservar en la Institución Educativa la información de identificación personal y académica del estudiante, así como el concepto de carácter evaluativo integral emitido periódicamente por los docentes.

 

ü  SEGUIMIENTO: Es el conjunto de acciones que permite sistematizar la información de los resultados alcanzados frente a los esperados para proponer y aplicar procesos de mejoramiento que permitan alcanzar las metas propuestas dentro de estas acciones se puede identificar las siguientes:

 

Ø  Revisar e implementar el sistema de información

Ø  Análisis de datos y resultados

Ø  Acompañamiento a las Instituciones para programar y ejecutar planes de mejoramiento

Ø  Revisión de metas alcanzadas

 

ü  SIE J.R.V.B.M. Sistema Institucional de Evaluación de la Institución Educativa José Roberto Vásquez Barrio Manrique.

 

2.    DIAGNÓSTICO Y CONTEXTO EDUCATIVO COMUNA 03 MANRIQUE

 

La Comuna 3 (Manrique), está ubicada en la zona 1 Nororiental y es un territorio localizado en la ladera oriental de la parte urbana de la ciudad de Medellín.

 

Es una zona muy dinámica, bastante reconocida como ícono de la ciudad, no solo por su historia de violencia, sino, primordialmente, por sus tangos, por su tradicional carrera 45, la Casa Gardeliana, el Parque Gaitán y las famosas tangovías, entre otros.

 

Con base en el Plan de Desarrollo Local, la Comuna la conforman 20 barrios y sectores reconocidos (Decreto 346 de 2000), ellos son: Manrique Oriental, Manrique Central, el Pomar, el Raizal, las Nieves, Versalles 1 y 2, San José la Cima 1 y 2, Bello Oriente, María Cano, la Cruz, la Honda, San Blas, las Granjas, la Salle, Santa Inés, Balcones del Jardín y Altos del Jardín.

 

El Número de habitantes, aproximadamente, es de 175.448; 23.272 de estrato uno, 125.391 de estrato dos, 26.785 de estrato tres y 80.085 son hombres y 95.363 son mujeres.

 

En cuanto a la educación, 29.201 no poseen ningún nivel educativo, 37.871 poseen nivel de preescolar, 60.389 tienen nivel de primaria, 13.829 tienen nivel básico, 33.641 alcanzan el nivel de bachillerato, 2.800 son normalistas, 3.611 poseen el nivel técnico, 1.700 el nivel tecnológico, 2.142 poseen nivel universitario, 210 alcanzan la especialización y 852 no saben o no responden.

 

A nivel del Núcleo existen 22 instituciones educativas y 13 centros educativos, de éstos 15 son oficiales, 8 por cobertura y 12 privados.

 

Oficiales, son 15 rectores, 42 coordinadores y 737 educadores; y a nivel de cobertura y privados son 8 rectores, 12 directoras y 259 educadores.

 

De los 41.146 hogares; 20.090 son propietarios, 2.203 están pagando su vivienda, 14.853 están arrendados o subarrendados, 3.275 usufructúan del espacio, 484 son ocupantes de hecho y 240 están en la categoría de anticresis.

 

Esto nos indica un hacinamiento de hogares por número de vivienda, lo cual se ve reflejado como una demanda social constante en la exigibilidad del derecho al hábitat; esto muestra que la comuna 3 sufre el impacto de la falta de una política clara y precisa en materia de vivienda.

 

En relación con el empleo, el 66% son trabajadores independientes, con altos niveles de informalidad e inestabilidad laboral, los ingresos percibidos por el 66% de la población están por debajo de un salario mínimo, el 76% de las familias sobreviven con un salario mínimo; de las cuales el 39% de la población corresponde a mujeres cabezas de familia.

 

 

3.    BIBLIOGRAFÍA

 

-       MEN. “La evaluación en el aula y más allá de ella”. – Santa fe de Bogotá, 1997.

 

-       Secretaría de Educación de Medellín. “Orientaciones para la definición e implementación del Sistema Institucional de los estudiantes…”. – Medellín, 2009.

 

-       ROLDÁN CORONADO, Oscar Ovidio. Contexto general para abordar el problema de la evaluación. Contexto de la comuna 03 Manrique”. Medellín, septiembre 29 de 2009.

 

-       FECODE. “Educación y Cultura”. Número 82 de 2009.

 

-       Decreto 1290 del 16 de abril de 2009

 

-       Directiva ministerial 29 de noviembre 16 de 2010.

 

-       Circular 158 de noviembre de 2010.

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